Seguritecnia 450

92 SEGURITECNIA Febrero 2018 Así Opinan Problemas a los que se enfrenta a diario el guarda rural Ángel Tejedor Presidente de la Asociación Nacional de Guardas Rurales (ANAGUAR) L a guardería rural es complicada y a la par fácil de describir. En la actualidad nos encontramos con al- gunos problemas genéricos y con otros de carácter operativo. Los primeros surgen desde el momento en que se incluyó al guarda rural entre el personal de seguridad privada, en el año 1992. Entonces, perdimos la condición de agente de la autoridad y, por consiguiente, la prueba de veracidad. Con esto, nos encontramos con inconvenientes a diario, ya que carecemos de los medios judiciales de pro- tección y administrativos necesarios, a lo que se suma la falta de condición jurídica de agente de la autoridad. Esto provoca que tengamos que aportar mayor carga testifical de los incidentes que atendemos para suplir la falta de ve- racidad de palabra. Este problema se traslada también al ámbito operativo. La no condición de agente de la autoridad restringe toda intervención en incidentes, tanto en cuestiones judicia- les –robos, hurtos, agresiones, etc.– como en asuntos cine- géticos. A los autores de una falta les basta simplemente con la negativa a identificarse para que no les podamos sancionar, por lo que se hace necesaria la comisión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para identifi- carlos. En el medio rural, esto puede suponer, si hay una dotación policial dentro del término donde suceden los hechos, de una media hora aproximadamente; pero si se trata de otra demarcación la demora se extiende hasta una hora (eso sin contar con que antes se den a la fuga y no se les pueda “retener”). Este problema no lo padecen los compañeros vigilan- tes de seguridad, ya que en las ciudades el tiempo de res- puesta a una llamada no llega a diez minutos, inclusive de noche. Por esa razón la labor del guarda rural es tan es- pecial y profesional; nuestro oficio es vocacional, pocos aguantan trabajar con peligro, solos y en el medio rural, ya que la mayoría de servicios son unipersonales. Otro problema que padece este gremio es el intrusismo laboral. Este asunto viene creado en parte por las figu- ras autonómicas de gestión de caza, creadas sin control o entidad que las supervise. Estas personas realizan una la- bor de vigilancia en la caza ampliándola a la seguridad del medio rural vigilando fincas, explotaciones agrícolas y ga- naderas o parques eólicos y solares. Por otra parte, quie- nes demandan estos servicios no reparan en qué tipo de individuo contratan. Este problema existe por desconoci- miento de los empresarios y, a veces, por dejadez de las autoridades, que son las que tienen que controlar que el guarda rural es el único que realiza labores de vigilancia en el medio rural. También cabe reseñar que, después de casi 170 años desde la creación de la figura del guarda rural, todavía rea- lizamos servicios con la inoperativa carabina de cerrojo Destroyer calibre nueve milímetros largo. En ocasiones nos resulta tremendamente complicado encontrar la munición para esta arma, pues se dejó de fabricar en el año 1970 aproximadamente. Por ello, ya es hora de dotar al guarda rural de un arma defensiva corta acorde a los tiempos y a la operativa de seguridad actual, que se ve condicionada por el transporte y uso de la misma durante el servicio, sin olvidar el poder de intimidación que es la primera función de un arma reglamentaria de defensa personal. Por último, deseo hacer hincapié en las figuras intrusas creadas por las autonomías como gestores cinegéticos. Ejemplo de ello es Castilla-La Mancha, con el vigilante de coto, o Andalucía, con el guarda de coto de caza. En estas comunidades no solo han plagiado el nombre de guarda –que significa vigilar–, sino que durante 15 años han uti- lizado una indumentaria de color verde similar a la de la Guardia Civil para, desde el año pasado, cambiarla por un uniforme color marrón como el empleado por el guarda rural. Esto no hace otra cosa que agravar el problema del intrusismo. S La no condición de agente de la autoridad del guarda restringe toda intervención en incidentes, tanto en cuestiones judiciales como cinegéticas

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