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V Jornada de Seguridad Aeroportuaria SEGURITECNIA Noviembre 2018 21 evento V Jornada de Seguridad Aeroportuaria Evento en la normativa de seguridad privada, aunque sí lo está en la referente a los servicios de videovigilancia. “Este es el único apartado que podemos tener en cuenta a la hora de hablar de la regula- ción de estos aparatos en seguridad pri- vada”, explicó el inspector jefe. En este sentido, Joaquín del Toro , ge- rente de seguridad física de Sareb, cerró el panel para tratar su experiencia con el uso de drones en seguridad. Para ello, expuso un caso práctico: “mi organiza- ción utilizó los drones para solucionar un problema de seguridad en una urbani- zación murciana. Se trataba de facilitar a los vigilantes una herramienta ágil y que proporcionara seguridad tanto de día como de noche, todo ello sin reducir el departamento de vigilancia; es decir, se pretendía ofrecer calidad”, explicó. Como consecuencia de esta medida, los 16 ki- lómetros de perímetro de este complejo vieron mejorados su seguridad gracias principalmente al uso de drones. S volar de noche, ni en ciudades, ni en es- pacios aéreos controlados. Ahora sí está permitido bajo la autorización de AESA”, completó. Seguridad privada Por lo tanto, los drones pueden ser uti- lizados por las fuerzas de seguridad pri- vada. Así pues, con el objetivo de tratar la relación entre ambos ámbitos intervino el inspector jefe Francisco José Alonso , jefe de la Sección Operativa de Inspec- ción de la Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional. “El artículo 4 a) de la Ley de Seguridad Privada esta- blece como uno de los fines de este tipo de seguridad satisfacer las necesidades legítimas de seguridad o de información de los usuarios de seguridad privada. Este es uno de los motivos de porqué debe- mos utilizar los drones en este sector”, ini- ció su ponencia Alonso. Sin embargo, la utilización de los dro- nes no está regulada expresamente U no de los elementos que más irrupción está teniendo en la sociedad en general y en la se- guridad aeroportuaria en particular son los drones. En una mesa moderada por Antonio Borredá , adjunto a la dirección de la revista Seguritecnia , tres expertos en la materia analizaron los elementos prin- cipales de estos vehículos aéreos. Así, para hablar sobre su regulación, Marta Lestau , directora de Seguridad de Aero- naves de AESA, explicó los componen- tes más importantes del Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las ae- ronaves pilotadas por control remoto. “En 2014 se publicó un Real Decreto que fijaba una serie de prohibiciones a los drones. Sin embargo, el año pasado España estableció una nueva regulación que permitió la inclusión de nuevos ope- radores que antes no estaban permiti- dos. Pese a ello, este nuevo Real Decreto no aplica a los drones militares ni a los superiores a 150 kilos, tampoco a servi- cios de aduanas, policía, búsqueda, sal- vamento, extinción de incendios, Direc- ción General de Tráfico o Centro Nacio- nal de Inteligencia. Por lo tanto, es una aplicación parcial”, explicó Lestau. Lo que establece este nuevo Real De- creto en concreto son nuevos escena- rios operacionales. “Antes no se podía Drones: un complemento a la seguridad privada Marta Lestau (AESA). Francisco José Alonso (Policía Nacional). Joaquín del Toro (Sareb). El último Real Decreto relativo a drones establece unos nuevos escenarios operacionales en los que estos vehículos pueden volar bajo la autorización de AESA

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