seguritecnia 459

SEGURITECNIA Diciembre 2018 81 Artículo Técnico Drones para establecer rondas de videovigilancia o para dirigirlos hacia el lugar donde necesitemos informa- ción inmediata. Autoprotección en eventos: acce- sos, señalización con especial men- ción a las personas con movilidad re- ducida. Planes de emergencia específicos para cada evento, evadiendo planes genéricos que suelen ser utilizados replicando planes de otros eventos de características similares. Puntos lila para la atención a víc- timas de diferentes niveles de agre- sión sexual, en los cuales se encuen- tran distintos puntos con personal especializado para la atención de personas que sufren este tipo de agresión. También se utilizan equi- pos que se mueven por el evento con equipos de trabajo especiali- zado, detectando y atendiendo a lo largo del mismo. Control de aforo De manera particular, el control de aforo ha desarrollado en los últimos años una evolución interesante de analizar. Los nuevos sistemas de con- trol y analítica permiten obtener in- formación inmediata y crítica para la toma de decisiones durante el desarro- llo del evento. Estas medidas de segu- ridad son: Control de aforo avanzado: con- siste en planificar, controlar y ges- tionar el acceso de los asistentes sin llegar a saturar zonas críticas y sen- sibles del recinto. Se planifican los accesos del público en base a los espectáculos, reforzando los acce- sos de manera dinámica. El control del aforo electrónico se utiliza no solo en el acceso al recinto, sino en cada una de las áreas de este último donde se desarrollan espectáculos para saber en todo momento quién ha accedido y cuántas personas hay en las diferentes áreas. Control de las salidas de emergen- cia: el control de aforo electrónico se suele hacer en la entrada, controlando este emplazamiento y la salida; pero dicho sistema no se utiliza en los viales de emergencia. En situación de evacuación, se abren los accesos de emergencia, salen los asistentes y se pierde el control de las personas que quedan dentro en cada momento. Utilizar un control de aforo también en las salidas de emergencia permite saber el porcentaje de personas que han abandonado el recinto en cada momento durante el proceso de evacuación. Este dato es de vital importancia para hacer una valoración durante la intervención de los servicios de emergencia. Sec torización inteligente: se trata de controlar y de llegar a confinar en diferentes espacios dentro del recinto a los asistentes. La sectorización de los espacios de un evento permite que estos espacios tengan un acceso de entrada y salida, que a su vez es la salida de evacuación. De esta forma, en el momento en que se produce la necesidad de evacuar, los asistentes salen por la salida más cercana. La novedad reside en que la confinación se puede hacer disponiendo de los asistentes elec trónicamente identificados y geolocalizados, permitiendo conocer el volumen de asistentes en cada sec tor y controlar las si tuaci ones de eme rgencia y evacuación. Control de los flujos de perso- nas: los sistemas de analítica de vídeo combinados con inteligencia artificial pueden aportar análisis predictivo que permite la detección temprana de colapsos y otros tipos de incidentes. Los sistemas analíticos también posibilitan planificar cómo van a ser los flujos de movimiento de las personas con el objetivo de dimensionar el dispositivo de seguridad, disponer de información sobre el desarrollo del evento y también generar alertas en el momento en que se produzca una emergencia. Estos sistemas pueden retroalimentarse con la información captada durante los eventos, de tal manera que el sistema sea cada vez más inteligente. Regulación Las actividades de seguridad en es- pectáculos públicos y actividades re- creativas quedan reguladas de manera genérica en España por el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, y algunas comunidades autónomas han desarro- llado a posteriori sus diferentes regla- mentos. La pionera en este ámbito es Ca- taluña con el Reglamento Decreto 112/2010, de 31 de agosto, cuya úl- tima revisión data del 15 de abril de 2015. En este reglamento surgió una novedad que establece los servicios mínimos requeridos, necesarios para la organización de grandes eventos. Quedan sometidos a este reglamento los espectáculos públicos, las activi- dades recreativas, los establecimien- tos y los espacios abiertos al público, incluidos en el catálogo que se incor- pora en el anexo I, con independen- cia del carácter público o privado de las personas organizadoras, de la titu- laridad pública o privada del estable- cimiento o del espacio abierto al pú- blico en el que se desarrollan, de su fi- nalidad lucrativa o no y de su carácter esporádico o habitual. S La seguridad es un vehículo para mejorar y garantizar la percepción de bienestar y la tranquilidad de quienes participan en los espectáculos

RkJQdWJsaXNoZXIy MzA3NDY=