Seguridad Laboral Latam
16 Primer semestre 2019 Fuente: SafetYA ® Artículo 1. Objeto. La presente Resolución tiene por objeto es- tablecer los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Se- guridad y Salud en el Trabajo SG-SST para las personas natu- rales y jurídicas señaladas en el artículo 2° de este Acto Admi- nistrativo. Los presentes Estándares Mínimos corresponden al conjun- to de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cum- plimiento de los empleadores y contratantes, mediante los cua- les se establecen, verifican y controlan las condiciones básicas de capacidad técnico-administrativa y de suficiencia patrimonial y financiera indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades en el Sistema de Gestión de SST. Artículo 2. Campo de aplicación. La presente Resolución se aplica a los empleadores públicos y privados, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o ad- ministrativo, a los trabajadores dependientes e independientes, a las organizaciones de economía solidaria y del sector coope- rativo, a las agremiaciones o asociaciones que afilian trabajado- res independientes al Sistema de Seguridad Social Integral, a las empresas de servicios temporales, a los estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales y los trabajadores en mi- sión; a las administradoras de riesgos laborales; a la Policía Na- cional en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las Fuerzas Militares; quienes deben implemen- tar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales. Parágrafo 1. Para dar cumplimiento a la Decisión 584 de 2004 y a la Resolución 957 de 2005 de la Comunidad Andina de Naciones, los regímenes de excepción previstos en el artícu- lo 279 de la Ley 100 de 1993, pueden tomar como referencia o guía los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST es- tablecidos en la presente Resolución, para lo cual cada entidad, empresa o institución realizará los ajustes y adecuaciones co- rrespondientes. Parágrafo 2. No están obligados a implementar los Estánda- res Mínimos establecidos en la presente Resolución, los trabaja- dores independientes con afiliación voluntaria al Sistema Gene- ral de Riesgos Laborales de que trata la Sección 5 del Capítu- lo 2 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo. Parágrafo 3. Los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST para personas naturales que desarrollen actividades de servicio doméstico serán establecidos en un acto administrati- vo independiente. Artículo 20. Estándares Mínimos en el lugar de trabajo. Los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST son de obli- gatorio cumplimiento para todas las personas naturales y jurídi- cas señaladas en el artículo 2° de la presente Resolución que es- tablece su campo de aplicación, y su implementación se ajusta, adecua y armoniza a cada empresa o entidad de manera parti- cular conforme al número de trabajadores, actividad económi- ca, labor u oficios desarrollados. El Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo es responsabilidad de cada empleador o contratante, quién podrá asociarse para compartir talento humano, recursos tecnológi- cos, procedimientos y actividades de capacitación, brigadas de emergencias, primeros auxilios y evacuación, señalización, zonas de deporte, seguridad vial, dentro del campo de la Seguridad y Salud en el Trabajo; sin embargo, cada empresa debe garantizar la ejecución e implementación de este sistema de acuerdo con sus características particulares. Se podrán realizar actividades, planes y programas de mane- ra conjunta con otras empresas o entidades de la misma activi- dad económica, zona geográfica o gremio, sin que una empresa o entidad asuma o reemplace las funciones u obligaciones que por ley le competen a otra. En los lugares de trabajo que funcionen con más de un turno, el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y el cumplimiento de Estándares Mínimos deben asegurar la cober- tura en todas las jornadas y si la empresa tiene varios centros de trabajo el sistema de gestión debe garantizar una cobertura efectiva de todos sus trabajadores. En caso de existir un consorcio o unión temporal, cada una de las empresas que lo integre debe tener establecido el Siste- Resolución 0312 de 2019 por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST colombia
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