Seguritecnia 330
SEGURITECNIA 138 Mayo 2007 nistración y que se utilizan tradicionalmente en cons- trucción. ➠ Deficiente planificación de las actividades constructivas: ✓ Trabajos simultáneos incompatibles. ✓ Tasa de ocupación de mano de obra irregular, espas- módica o elevada. ✓ Diferentes focos de tomas de decisiones. Ejecución material de los trabajos (37% causas acci- dentes): Imputación del 100% de las responsabilidades legales. Defectos en la acción gerencial de la ejecución material de la obra, respecto a las tareas, utilización de maquinaria, medios auxiliares, equipos (humanos y técnicos) y forma- ción (del personal y de los técnicos): ➠ Mala planificación. ➠ Mala organización. ➠ Mala dirección. ➠ Mal control. La adaptación de la normativa comunitaria a nuestro ordenamiento mantuvo aspectos de la anterior norma- tiva estatal. La promulgación del R.D. 1627/1997 pretendió desarrollar a modo de norma reglamentaria el Art. 6 de la Ley 31/1995 “Ley de Prevención de Riesgos Laborales” intentando tras- poner a nuestro ordenamiento el espíritu de la Directiva 92/57/CEE “Obras temporales y móviles”, visto todo ello desde la perspectiva histórica del R.D. 555/1986, e inten- tando mantener un equilibrio jurídico entre dichas nor- mas, haciendo bueno el chascarrillo de que “un dromeda- rio es un caballo de carreras diseñado por una Comisión”. La legislación española en materia de seguridad man- tiene un corte administrativo-laboral circunscrito a la relación empleador-empleado. El principio jerárquico de que en prevención, a mayor autoridad le co- rresponde mayor res- ponsabilidad, fue asu- mido muy tímidamente por el R.D. 1627/1997, manteniendo un con- tenido de corte admi- nistrativo-laboral, sub- sistente desde la Ley Dato de 1900, basando su actuación en la re- lación entre emplea- dores y empleados, in- curriendo en muchos de los errores de opera- tividad práctica que ya denunció el Informe de la Ponencia del Senado, constituida en el seno de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social para el estudio de la siniestra- lidad laboral en el sector de la construcción en España, cuando en 1994 analizó la evolución de la aplicación práctica del anterior R.D. 555/1986. Existen agentes colaterales del sector de la construc- ción de importancia fundamental y coadyuvante en los resultados de la siniestralidad fuera del control de la Administración Laboral. En el sector de la construcción, además de los empleado- res y los trabajadores, tienen mucho peso en la adopción u omisión de tomas de decisiones previas al accidente los promotores (públicos o privados), los gestores de proyec- tos constructivos (Project y Contractor Manager), los co- legios profesionales implicados, los fabricantes y suminis- tradores de materiales, equipos, máquinas herramientas y medios auxiliares de utilidad preventiva así como la inter- vención complementaria de las autoridades educativas, de sanidad, de justicia, de industria y de las administraciones públicas, todo ello bajo el liderazgo y coordinación de un ministerio vinculado y con autoridad técnica sobre el sec- tor de la construcción. El Coordinador de Seguridad en fase de proyecto (ar- quitectónico y/o de equipos), como pieza clave del orde- namiento comunitario, es prácticamente inexistente en la práctica en nuestro país. La figura del coordinador en fase de proyecto, designado por el promotor y contemplada en el Art. 3, 1 del R.D. 1627/1997, obligatoria cuando en la elaboración del pro- yecto de obra intervienen más de un proyectista, precisa- mente creada para “integrar la seguridad” en las fases de diseño (de proyectos constructivos y/o de equipos), donde están agazapadas el 60% de las causas básicas de los acci- dentes, se ha convertido en un personaje de “ciencia fic- ción”, ya que desde la promulgación del R.D., el 90% de los proyectos visados y equipos comercializados, con inter- vención de varios proyectistas (por ejemplo, estudio geo- lógico de terrenos, cálculo de estructura, proyectos de ur- banización, arquitectónicos y de instalaciones, medios auxiliares y equipos, instalaciones de grúas torre y apara- tos elevadores de personas, licencias de actividad y lega-
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