Seguritecnia 333
SEGURITECNIA 122 Septiembre 2007 P.B.C. “CASH” El apartado 3 del artículo 1 de la ley determina que “las obligaciones y sanciones establecidas en la presente ley se entenderán sin perjuicio de las obligaciones y sanciones previstas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y de las acciones y omisiones tipificadas y de las penas previstas en el Código Penal”. La Ley 19/1993 consta de 16 artículos y ocho disposi- ciones adicionales, transitorias y finales. Está estructu- rada en cinco bloques de normas: ámbito de aplicación y sujetos obligados; obligaciones de investigación, informa- ción y colaboración impuestas a los sujetos obligados; ré- gimen sancionador; órganos encargados de impulso y co- ordinación de la Ley y régimen de colaboración. El Reglamento de la Ley 19/1993: Año y medio después de la publicación de la ley se publicó su reglamento, que fue aprobado a mediados de 1995 por el Real Decreto 925/1995, de 9 de junio y, cuando pos- teriormente fue reformada por la Ley 19/2003 se llevó a cabo la correspondiente adaptación del Reglamento en el Real Decreto 54/2005, de 21 de enero. El reglamento, una vez actualizado, consta de 32 artí- culos y 11 disposiciones adicionales, transitorias y finales y está estructurado en cinco bloques: 1. Ámbito de aplicación, concepto de blanqueo de capi- tales y sujetos obligados. 2. Obligaciones de los sujetos obligados. 3. Régimen sancionador. 4. Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias y sus órganos. 5. Régimen de colaboración de los sujetos obligados. Normativa vigente en España El esfuerzo por combatir el blanqueo de capitales ha su- puesto que se hayan dictado otras normas de inferior rango, que completan el marco regulador actualmente en vigor: ➠ Ley 19/1993 modificada por las leyes 44/2002, 12/2003 y 19/2003. ➠ Real Decreto 925/1995, de 9 de junio, que aprobó el reglamento de la ley; modificado por el Real Decreto 54/2005. ➠ Orden ECO/2652/2002, de 24 de octubre, sobre obli- gaciones de comunicación de operaciones en relación con determinados países. ➠ Orden EHA/2963/2005, de 20 de septiembre, regula- dora del órgano centralizado de prevención en materia de prevención del blanqueo de capitales en el Consejo General del Notariado. ➠ Orden EHA/1439/2006, de 3 de mayo, reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales. ➠ Orden EHA/2619/2006, de 28 de julio, relativa a las ac- tividades de cambio de moneda y gestión de transfe- rencias con el exterior. ✓ Catálogos ejemplificativos de operaciones de riesgo de blanqueo de capitales: La Comisión de Prevención del Blanqueo de Capita- les e Infracciones Monetarias, de conformidad con lo previsto en el apartado 2, del artículo 5 del Reglamento de la Ley 19/1993, ha elaborado ejemplos de operacio- nes susceptibles de estar particularmente vinculadas con el blanqueo de capitales, a efectos de que sean te- nidos en cuenta por las entidades –sujetos obligados- a la hora de elaborar su propia relación de operaciones que constituyen los denominados Catálogos de Opera- ciones de Riesgo. Se trata de una lista, en ningún caso exhaustivo, que tiene por objetivo orientar a los sujetos obligados acerca de algunos de los tipos de operaciones e indica- dores que muestran un riesgo potencial de vinculación a las actividades de blanqueo de capitales, a partir de la experiencia tanto de las distintas unidades que compo- nen la comisión como de la práctica internacional. En todo caso, no se trata de que enumere todos los posibles casos de operaciones vinculadas con el blan-
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