Seguritecnia 338
área profesional / GUARDERÍO SEGURITECNIA Febrero 2008 306 La patrulla es el sistema de contrata- ción que mejor y más salida está teniendo en los últimos tiempos: un guarda como profesional –es decir, encuadrado en ré- gimen de autónomos-, que se oferta a multitud de propietarios o asociaciones de éstos hasta completar el coste de su patrulla, su haber, los gastos de material y vehículo, suministros, combustibles, cen- trando para ello una demarcación de in- f luencia en la que será uno más (por no decir que el más asiduo) de los agentes del orden. “El patrullero suele buscar una muy estrecha colaboración con las unidades policiales responsables de la demarcación, a las que brinda total apoyo” Dentro de las inmensas lagunas que la norma de seguridad privada representa para la actividad de los guardas, se ver- tebra completamente incluso en la le- galidad vigente un completo servicio de seguridad en el medio rural que cuenta con la única restricción de no entrar en los cascos urbanos si no es en persecu- ción de fragrante delito o ante el cono- cimiento cierto de la comisión de este tipo penal. En medio ambiente, no se puede sepa- rar el dominio público de la propiedad privada. Es de imperiosa necesidad el re- gular los aprovechamientos y, en la ma- yor parte de los casos, éstos no conocen de tan artificiales distinciones, de tal forma que el guarda de caza y el guarda- pescas marítimo deben realizar la mayor parte de su servicio en dominio público, claro está defendiendo bienes o derechos privados. Consecuentemente con lo an- terior nos encontramos ante una uni- dad policial que, con total independen- cia, patrulla una demarcación concreta, lo que ocasiona una oportunidad única para formalizar pequeños contratos con propietarios de bienes o derechos, par- ticipando muy asiduamente las propias administraciones locales, que ven en la existencia de estos profesionales un ele- mento atenuador de la inseguridad. Es en este tipo de servicio que –na- cido de una necesidad real y concreta- se presta en más del 70% del territorio nacional, en el que la Ley de Seguridad Privada se muestra incapaz y obsoleta, al no recoger un servicio - que antes se vino a l lamar el guarderío manco- munado- de extrema importancia en el mundo rural. Como responsable de la seguridad en una zona concreta, y dado que esto re- dunda directamente en sus haberes, el patrullero suele buscar una muy estre- cha colaboración con las unidades po- l iciales responsables de tal demarca- ción, a las que brinda total apoyo y de las que suele reca- bar la ayuda necesa- ria para el buen f in del objetivo común. Es muy frecuente la prestación de servi- cios coordinados, in- cluso conjuntos, con motivo de cualquier información recibida e incluso de manera rutinaria. El patrul lero va- lora altamente una formación operativa de calidad y pretende estar bien infor- mado del procedimiento administra- tivo y penal de sus actuaciones y de las tendencias que en estos casos se pro- ducen para garantizar, dentro de lo po- sible, la efectividad en sus actuaciones, pues otra de las pautas diferenciado- res es que al guarda de campo las leyes le suelen exigir una fuerte actividad re- presiva. En cuanto a la denuncia ante la autoridad competente de determinadas faltas, es muy normal que el patrullero deba aplicar y denunciar las faltas pres- critas en doce o catorce leyes, ante al me- nos media docena de órganos adminis- trativos diferentes. Un servicio con mucho futuro que ineludiblemente debe pasar por la forma- ción inicial y continua y por la calidad. Próximamente: El servicio de los Guar- das II. Sistemas complejos de apoyo entre patrullas “En medio ambiente, no se puede separar el dominio público de la propiedad privada.” ARTÍCULO TÉCNICO
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