Seguritecnia 342
P.B.C. Cash 143 SEGURITECNIA Junio 2008 E l GAFI. G rupo de trabajo Como se ha dicho anteriormente el GAFI creó un grupo de trabajo para estudiar el blanqueo de capitales a través del sector inmobiliario, trabajo que permitió identificar las debilidades y fortalezas del sector y estudiar los me- canismos de coordinación necesarios entre organismos de ámbito nacional e internacional, imprescindibles para alcanzar la eficacia necesaria en la lucha contra el blan- queo de capitales. Téngase en cuenta que los riesgos en relación con el blanqueo de capitales en este sector no se limitan a aquellas operaciones que suponen la compra de bienes inmuebles. Esquemas y tipologías de blanqueo Como señala el Servicio Ejecutivo las tipologías son, en realidad, una relación escrita de actos jurídicos, mercan- tiles y económicos, que aparecen en el desarrollo de las operaciones inmobiliarias. Muchos de estos actos son comunes a otras tipologías asociadas con otras prácticas de blanqueo de capitales. Es importante destacar que el marco preventivo en este ámbito debe desarrollarse en línea con los controles esta- blecidos para la detección y el análisis de esas otras prácti- cas y que la relajación de los controles de aquellas favore- cerá en gran medida el éxito del blanqueo de capitales rea- lizado a través de las inversiones en el sector inmobiliario. Las operaciones relacionadas con el sector inmobilia- rio es una de las formas de blanqueo de capitales, funda- mentalmente en la denominada etapa de “integración”. El GAFI en su trabajo establece los siguientes signifi- cados: Esquema de blanqueo de capitales es un proceso particular en el que se combinan o integran diversos métodos (técnicas, mecanismos e instrumentos) en una operación única. Tipología hace referencia a una serie de esquemas de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo que parecen estar construidos de una forma similar o estar usando métodos similares, lo que permite que los esquemas puedan ser clasificados como tipología. Definidos esquema y tipología, veamos alguno de ellos: A. Tipología: uso de préstamos o créditos financieros complejos Como premisa debe indicarse que la gran mayoría de in- versiones en bienes inmuebles precisa para su realización de financiación ajena, casi siempre bancaria. ¿Qué implica? a) La normalización de la utilización de recursos aje- nos en las operaciones, grandes o pequeñas. muebles, con independencia del nombre que quiera darse a la intervención en la actividad en la venta, no quedando distinción alguna entre inmuebles de naturaleza rústica o urbana. Obligaciones El Real Decreto 54/2005, que actualizó el Reglamento de la Ley 19/1993, estableció en su Art. 16 las obligaciones, reproduciendo algunas de las impuestas por la Ley a las entidades financieras, si bien con las naturales peculia- ridades debidas a la distinta naturaleza y características del sujeto obligado. Las obligaciones para el sector de actividades inmobi- liarias son las siguientes: 1. Identificación de los clientes. 2. Examen especial de determinadas operaciones y co- municación al Servicio Ejecutivo (SEPBLAC). 3. Conservación de documentos. 4. Comunicación a las autoridades. 5. Cumplimentación de la información requerida por el Servicio Ejecutivo. 6. Abstención de ejecución de determinadas operacio- nes. 7. Confidencialidad. 8. Adopción de medidas de control interno. 9. Exención de responsabilidades. 10. Obligación de informe experto sobre procedimien- tos y órganos de control interno. Respecto a esta última obligación este examen ex- terno consiste en que cada tres años deben encomendar a un experto externo el examen e informe de los proce- dimientos y órganos de control, siempre que los años que no existe informe externo la entidad haga un informe in- terno.
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