Seguritecnia 346

28 SEGURITECNIA Novimebre 2008 XXVII Convención Nacional de Directores de Seguridad de CECA por existir dinero o valores en efec- tivo, sea previsible un riesgo razona- ble de atraco. Implicaciones y responsabilidades El Servicio de Prevención evalúa los riesgos de todos los trabajadores expuestos al riesgo de atraco y reco- mienda medidas preventivas y co- rrectoras, aplicables en función de los resultados de la evaluación. Los Responsables de Prevención y Seguridad de los centros evalua- dos colaborarán con los Técnicos del Servicio de Prevención faci l i- tando dicha evaluación y asumiendo los resultados de la misma. Los Delegados de Prevención de la empresa, tal y como establece la Ley 31/1995 de Prevención de Ries- gos Laborales están facultados para acompañar al Técnico en sus visitas a los centros. Las Direcciones de las Unida- des funcionales de la Entidad debe- rán asumir los resultados de la eva- luación, así como aplicar, en su caso, las medidas preventivas o correcto- ras propuestas. Metodología Identificación: Sabemos que el atraco a mano ar- mada - robo con violencia e intimi- dación - es un hecho relativamente frecuente que se manifiesta en aque- l los centros de trabajo en los que existe presencia de dinero en efec- tivo o valores de la Entidad. Dicho acto delictivo tiene consecuencias diversas para las personas y el patri- monio de la Entidad. Entre ellas des- tacan las que pueden sufrir los tra- bajadores, que como consecuencia de prestar sus servicios en los cen- tros donde se produce esa violen- cia e intimidación, están expuestos a daños para su salud derivados del atraco. Se hace por tanto, necesario dis- poner un procedimiento metodoló- para los supuestos de lesiones de ca- rácter psicosocial. Sabemos por ex- periencia que estos factores psico- sociales de ansiedad, estrés, estrés postraumático, etc., se manifiestan con más fuerza en los días posterio- res al atraco que el propio día de los hechos, resultando este apoyo deter- minante en muchos casos. Cuestiones de carácter adminis- trativo como la asistencia de perso- nal de la Entidad acompañando al atracado a la Comisaría para hacer la correspondiente denuncia –para la seguridad pública es un testigo no un agraviado-, o la asistencia letrada de la Entidad en las ruedas de reco- nocimiento o en las vistas judicia- les, palian los efectos psicosociales del atraco. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DEL RIESGO DE ATRACO ✓ Indice ✓ Objetivo ✓ Alcance ✓ Implicaciones y responsabilidades ✓ Metodología Objetivo El objetivo de este procedimiento es establecer una metodología que per- mita la identificación, evaluación y aplicación de medidas preventivas y correctoras frente al riesgo que para la seguridad y salud de los trabajado- res puedan derivarse de su exposi- ción a actos delictivos en los que in- tervengan violencia o intimidación. Entre ellos tiene especial relieve el atraco como riesgo tradicional para aquellos centros del Sistema fi- nanciero donde se maneja dinero en efectivo u otros valores. Alcance Este procedimiento será de aplica- ción para todos los trabajadores del Banco o Caja que desempeñen su ac- tividad laboral en centros en los que, f) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores. Si informamos y formamos debida- mente a los trabajadores sobre cuál debe ser su conducta antes, durante y después del atraco también estare- mos disminuyendo el riesgo a base de evitar manejo excesivo de efec- tivo, imprudencias, conductas es- pontáneas o cualquier otra circuns- tancia que pueda poner en peligro al trabajador. Debemos trasladarles la confianza en que tal vez puedan ser objeto de un atraco a pesar de las medidas to- madas, pero que si se respeta la pla- nificación existe un mínimo riesgo. Al tener el atraco la consideración de riesgo laboral, la formación espe- cífica de este tipo de riesgo deberá ser incluida entre la formación obli- gatoria a impartir a los trabajadores de la empresa. g) Tomar en consideración las ca- pacidades profesionales de los tra- bajadores en materia de seguridad. No todos los trabajadores reaccionan igual ante un mismo entorno de tra- bajo y sus condiciones. El empresa- rio viene obligado a tener en cuenta la adecuación de las capacidades del trabajador a la realidad del entorno de trabajo. Sería prudente, por ejem- plo, que un trabajador con historial de trastornos psicológicos no fuera destinado a una Of icina evaluada como de riesgo alto de atraco. Estas medidas inspiradas en los principios de la acción preventiva como respuesta al riesgo laboral que representa el robo con violencia o intimidación, deben tener su com- plemento con otras medidas poste- riores al atraco pero que no pueden ser consideradas en pureza medidas preventivas, a pesar de que algunos lo llaman prevención terciaria. Me estoy refiriendo a la asistencia médica para el supuesto de lesiones físicas, y psicológica o psiquiátrica

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