Seguritecnia 346
Artículo Técnico 80 SEGURITECNIA Noviembre 2008 ✓ Que se traten de espacios privados o no gestionados por Administración Local , es decir que se haga un uso privado de dichos espacios . ✓ Que el polígono o urbanización aislada cuente con ad- ministración específica y global para gestión de servi- cios comunes . ✓ Inspección ya meritada para comprobación de cumpli- miento de medidas o requisitos exigidos a través de Bri- gada Provincial de Seguridad Privada del Cuerpo Na- cional de Policía . Entrega de acta al usuario solicitante de estos servicios de seguridad y Emisión de Informe ante la Autoridad Gubernativa. ✓ Establecimiento optativo de un Centro de Control ges- tor de los dispositivos de seguridad instalados para me- jor desarrollo de sus obligaciones por los servicios de vigilancia. ✓ Sistema de videovigilancia que se instale tendrá la con- dición de elemento de seguridad complementario y he- rramienta de trabajo dispuesta para los vigilantes en di- chas zonas comunes de la urbanización o polígono in- dustrial aislado . ✓ Creación o establecimiento de un Departamento de Se- guridad (Informe Secretaría General técnica de junio 2005) en relación con el artículo 112 del Reglamento de Seguridad Privada. Criterios discrecionales: Concentración de clientes, localización instalaciones, valor de los bienes muebles que posean etc. Esto hay que ligarlo con el citado artículo 13 de la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana, y la consideración posible del solicitante de dichos servicios como estableci- miento obligado a adoptar medidas de seguridad especí- ficas. ✓ Establecimiento de un servicio de vigilantes de segu- ridad con o sin armas integrado en Empresa de Segu- ridad . (Informe Secretaría General técnica de junio 2005) en relación con el artículo 112 del Reglamento de Seguridad Privada. ✓ Instalación de dispositivos y sistemas de seguridad elec- trónicos contra robo e intrusión . (Informe Secretaría General técnica de junio 2005) en relación con el artí- culo 112 del Reglamento de Seguridad Privada. ✓ Conexión de los sistemas de seguridad instalados en di- chos espacios con centrales de alarma ajena o propia . En caso de central de alarmas propia, el centro de con- trol habrá de cumplir los requisitos materiales exigi- dos para este tipo de actividad en la normativa de segu- ridad privada, y que en ningún caso podrán comercia- lizar, gestionar o monitorizar señales que no procedan de los sistemas instalados en dichos polígonos o urba- nizaciones aisladas. dedicada a la actividad de vigilancia. Discrecionalidad que no arbitrariedad en el acto administrativo dictado por la autoridad competente. ✓ Autorización administrativa concedida en regla gene- ral para la prestación por una sola empresa de seguri- dad compuesta por dos vigilantes como mínimo. ✓ En horario nocturno. ✓ En caso de polígonos industriales, hallándose compues- tos los mismos por diversos establecimientos indus- triales podrían hallarse sujetos al artículo 13 de la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana y a su califica- ción por la autoridad gubernativa provincial como es- tablecimientos obligados a adoptar medidas de seguri- dad específicas en razón a los riesgos detectados en di- cho ámbito. Requisitos para la prestación de servicios ✓ Presentación de instancia motivada por la Junta de Pro- pietarios/ Entidad urbanística gestora en caso de ur- banizaciones aisladas o por entidad gestora del polí- gono en el supuesto de polígono industrial ante la De- legación y Subdelegación del Gobierno territorialmente competente para la autorización servicios de seguridad privada. Para ello, estimo que sería conveniente que di- cho usuario contara con el asesoramiento profesional de la empresa de seguridad homologada posible presta- taria de este tipo de servicios en el polígono o urbaniza- ción aislada. ✓ Que no se produzca solución de continuidad entre las diversas zonas del polígono o urbanización . Se trata de un concepto jurídico de difícil determinación o concre- ción, que estará sujeto al ejercicio por la autoridad con- cedente de la previa labor de inspección y la correspon- diente potestad discrecional, y ello a través de los cri- terios técnicos otorgados a los funcionarios policiales desplazados para examen y concurrencia de los requisi- tos previstos para su otorgamiento. ✓ Que estén perfectamente delimitados los polígonos y urbanizaciones objeto de solicitud y protección
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