Seguritecnia 347
Entrevista 22 SEGURITECNIA Diciembre 2008 y además, a la hora de considerar o no infracción una falsa alarma existen criterios de prudencia y de revalo- ración real de los hechos, y si estos finalmente se consi- deran infracción se aplica un criterio de proporcionali- dad, tanto por el volumen de alarmas instaladas como por el de falsas alarmas comunicadas. -Además de la renovación tecnológica, a todas luces necesaria, ¿cómo se contempla el tema de los acudas privados? Creo que en este momento los acudas privados están asociados fundamentalmente a las Centrales Recepto- ras de Alarma, y que es una situación también mejo- rable porque deberían estar asociados a las empresas de vigilancia. Es algo que hay que perfeccionar y que se contemple en la normativa de manera clara y pre- cisa para que estos servicios de acuda puedan realizar la actividad para la que el cliente contrata y para que la empresa vende el servicio. Nosotros no lo contempla- mos con “malos ojos” siempre que su actuación quede definida y siempre que sea un elemento que contri- buya a la mejora de la comunicación de falsas alarmas a las FF.CC. de Seguridad. Ahí tenemos un reto desde el punto de vista de adecuación normativa y procedi- mental y lo contemplamos para futuras adecuaciones en esas materias. “Desde la UCSP queremos contribuir a adecuar la normativa de Seguridad Privada a las necesidades reales de seguridad actualmente existentes” - Yo soy de la opinión de que la reforma legislativa no encuentra salida, que está en dique seco. Por eso se habla de poner “parches normativos” a cuestio- nes puntuales para salir un poco de la actual situa- ción, que nadie en el sector quiere que se prolongue. ¿Cómo está este asunto? Desde la Unidad Central de Seguridad Privada, desde el CNP queremos claramente contribuir a adecuar la normativa de seguridad privada a las necesidades reales de seguridad actualmente existentes. Este esfuerzo se puede realizar vía reforma de la actual legislación, más o menos amplia, lo que obedece a criterio político, así Yo creo que si se tienen claros los conceptos no ha- brá malestar. Si se comunica o no la existencia de una alarma, precisamente, para salir de esa duda, está el pro- cedimiento de verificación o comprobación, con me- dios técnicos y humanos oportunos, que conviene que el sector piense en él. En cuanto a la unificación de cri- terios de sanciones es un problema interno que esta- mos tratando y que corresponde a la Unidad el tratar de conseguirlo, y en eso estamos trabajando para tratar de conseguirlo. Hay casos fortuitos, malos usos, mal fun- cionamiento de la alarma y cada caso puede dar o no, la posibilidad de que se produzca sanción. Le doy un dato real: una misma alarma en un mismo local, en un pe- riodo de un mes y medio y en horas de noche/madru- gada, ha producido 17 alarmas falsas, que han dado lu- gar a 17 comprobaciones por el Cuerpo de Seguridad. ¿Aquí de qué estamos hablando? ¿De un mal uso por parte del cliente? ¿La CRA ha comprobado o ha deri- vado directamente al Cuerpo Policial? Desde luego, eso no parece tolerable y ese y otros parecidos son ejem- plos reales. El que actualmente el 95% de las alarmas sean falsas, nos tiene que hacer ref lexionar a todos. Desde luego, lo que no hay en esta Unidad ni en el CNP es un afán recaudatorio; el volumen de infracciones im- puestas no alcanza ni el 0,25% del volumen de factura- ción del sector, por tanto no creo que estemos hablando de una cuestión recaudatoria, sino que lo que se vende deba servir para lo que se venda y que los servicios de seguridad pública no sean utilizados de forma indebida. Yo estoy seguro, y así me lo han hecho saber empresa- rios de este sector, que están haciendo un esfuerzo real, en cuanto a la renovación tecnológica y a conseguir una especie de estándar de procedimiento de actuación, que creo que en este momento convendría que se pusiesen a elaborar, y además que tengan dos seguridades: no ac- tuamos con afán recaudador (los datos lo demuestran)
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