Seguritecnia 352

78 SEGURITECNIA Mayo 2009 La LOPD en la vídeovigilancia Más de 15.500 ficheros Para fomentar la correcta utilización de los dispositivos de videovigilancia y el cumplimiento de la legislación, la AEPD ha lanzado recientemente una guía dirigida a las empresas que utilizan este tipo de tecnología. Señala los principales requisitos que se exigen, como informar al ciu- dadano de que está siendo grabado a través de distintivos, cancelar las imágenes en el plazo máximo de un mes, ga- rantizar el derecho de acceso o inscribir en el Registro Ge- neral de Protección de Datos los ficheros generados por estas cámaras. Está última es una de las exigencias más recientes apli- cadas a las empresas que disponen de videocámaras con fines de vigilancia. A lo largo de 2008 se inscribieron en el Registro 9.604 ficheros, casi el doble que en 2007, en el que se recibieron 5.012. En total, la Agencia tiene registrados 15.510 ficheros, el 98 por ciento de propiedad privada. Internet ha provocado que el reto sea aún mayor. El ac- ceso de terceros a las imágenes captadas por cámaras co- nectadas a la red supone una preocupación añadida para las empresas que las utilizan y requiere invertir también en Seguridad lógica para proteger los datos. La AEPD está llevando a cabo una investigación para de- tectar la falta de medidas de Segu- ridad de los dispositivos conecta- dos a Internet. Entre las recomendaciones de esta entidad pública para proteger la privacidad de quienes aparecen en las grabaciones, se encuentra el establecimiento de procedimien- tos de identificación y autentica- ción de los usuarios del sistema, de manera que no puedan acceder terceros a las imágenes. También se incluye entre los consejos una llamada de atención a las empresas de Seguridad, que deben asesorar de forma “dili- gente” a quien contrata sus servi- cios, incluyendo el asesoramiento en cuestiones normativas sobre la protección de datos. L as cámaras de videovigilancia se han convertido con el tiempo en un complemento más de las ca- lles y el interior de los edificios de cualquier ciu- dad de España. Muchas empresas recurren a ellas para proteger su patrimonio o llevar un control sobre sus tra- bajadores. Las utilizan bancos, centros comerciales, tien- das, transportes, restaurantes… en definitiva, cualquier negocio que quiera preservar sus bienes frente a amenazas ajenas o internas. Estos dispositivos se han convertido en una herramienta muy útil para las empresas; sin embargo, el ciudadano se siente a menudo vigilado o considera que se le está pri- vando de su intimidad. Así lo demuestran los datos de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), según los cuales el sector de la videovigilancia es el tercero que más denuncias recibió en 2008, y la cifra aumenta cada año que pasa. En 2007 se llevaron a cabo 123 investigacio- nes relacionadas con la ubicación o finalidad de cámaras de vigilancia, una cifra que se triplicó el año pasado hasta llegar a las 365. Parece pues, que una parte signif icativa de la población puede sentir coartada su priva- cidad cuando observa que una cámara está vigilando. No obs- tante, también los datos de la AEPD muestran que, por lo ge- neral, las empresas cumplen con la legislación vigente, la Ley Or- gánica de Protección de Datos y la Instrucción que la Agencia aprobó en 2006 para regular la utilización de sistemas de video- vigilancia. El año pasado, de las 365 denuncias que se recibieron sólo 27 acabaron en sanción. La expansión de las cámaras de videovigilancia en nuestro país genera debate y se presenta como “uno de los grandes retos en la defensa de la privacidad”, según la propia AEPD. Videovigilancia, uno de los grandes retos para la protección de datos Por Enrique González

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