Seguritecnia 357
104 SEGURITECNIA Octubre 2009 P.B.C. Cash del medio político, considerándose ta- les las personas fí- sicas, españolas o ex t ranjeras , que desempeñen o ha- yan desempeñado funciones públicas impor tantes , así como sus familia- res más próximos y personas recono- cidas como allega- dos. Obligaciones A tal fin, señala el anteproyecto que, además de las me- didas normales de diligencia debida, en las relaciones de negocio u operaciones con personas del medio político los sujetos obliga- dos aplicarán las medidas siguientes: a) Disponer de procedimientos adecua- dos en función del riesgo a fin de de- terminar si el cliente es una persona del medio político. b) Obtener la autorización de la direc- ción para establecer relaciones de ne- gocio con dichos clientes. c) Adoptar medidas adecuadas a fin de determinar el origen del patrimonio y de los fondos con los que se realizará la relación de negocios u operación. d) Llevar a cabo un seguimiento refor- zado y permanente de la relación de negocios. De otra parte se contempla que estas medidas serán asimismo de aplicación a los altos cargos electos de las Adminis- traciones públicas españolas, así como a sus familiares más próximos y perso- nas reconocidas como allegados. En definitiva, habrá que esperar a que el anteproyecto se convierta en Ley para conocer exactamente qué obli- gaciones deberán cumplir, lo que, a no dudar, va a suponer para los sujetos obligados un trabajo adicional para el cumplimiento normativo dado que se tendrán que establecer nuevas medi- das de control de orden interno. debida con respecto al cliente, cuando una persona haya dejado de desem- peñar una función pública importante, durante al menos un año, no se estará obligado a considerar que dicha per- sona pertenece al medio político. En la legislación española La Ley 19/1993 de prevención del blan- queo de capitales, actualmente vigente, no contempla las obligaciones que de- ben cumplir los sujetos obligados res- pecto a las personas del medio político, por cuanto la Directiva comunitaria está pendiente aún de su transposición al ordenamiento jurídico español a pesar del tiempo transcurrido. No obstante, el anteproyecto de Ley de prevención del blanqueo de capi- tales y de la financiación del terrorismo que derogará, en su día, a la Ley 19/1993 establece una serie de obligaciones a cumplir por los sujetos obligados res- pecto a este colectivo. Por cuanto se trata de un antepro- yecto que, seguramente, sufrirá modi- ficaciones nos limitaremos a aportar al- guna de las obligaciones que contem- pla. Enmarcado en el capítulo de medi- das reforzadas de diligencia debida, señala el anteproyecto que estas me- didas se aplicarán a aquellos clientes que tengan la condición de personas no admitan normalmente recurso, salvo circunstancias excepcionales. d) Miembros de tribunales de cuentas o de los consejos de bancos centrales. e) Embajadores, encargados de nego- cios y altos funcionarios de las fuer- zas armadas. f) Miembros de los órganos administra- tivos, de gestión o de supervision de empresas de propiedad estatal. sión de empresas de propiedad es- tatal. Ninguna de las categorías estable- cidas de la a) a la f) comprenderá funcionarios de niveles intermedios o inferiores. Las establecidas de la a) a la e) comprenderán, en su caso, cargos desempeñados a escala co- munitaria e internacional. Familiares más próximos Se entiende por “familiares más próxi- mos”: a) El cónyuge. b) Toda persona que, con arreglo a la le- gislación nacional, sea asimilable al cónyuge. c) Los hijos y sus cónyuges o personas asimilables a cónyuges. d) Los padres. Personas reconocidas como allegados Se entiende por “personas reconocidas como allegados” las siguientes: a) Toda persona física de la que sea no- torio que ostente la propiedad eco- nómica en una entidad jurídica u otra estructura jurídica conjuntamente con alguna de las personas conside- radas del medio político, o mantenga otro tipo de relaciones empresariales estrechas con las mismas. b) Toda persona física que ostente la propiedad económica exclusiva de una entidad jurídica u otra estructura jurídica que notoriamente se haya constituido en beneficio de una per- sona del medio político. Cese en el desempeño de función pública Sin perjuicio de la aplicación, basán- dose en un análisis del riesgo, de pro- cedimientos reforzados de diligencia
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