Seguritecnia 360

Actualidad 114 SEGURITECNIA Enero 2010 La actualidad de la seguridad contra incendios a debate en el V Día del Fuego celebrado en Cataluña Cientos de profesionales interesados en las últimas novedades legis- lativas y tecnológicas de la seguridad contra incendios se dieron cita en la V edición del Día del Fuego, una jornada técnica que se ha con- vertido en el acto más importante y representativo del sector en Ca- taluña. El evento, que se celebró el pasado 3 de diciembre en el edi- ficio Cosmocaixa, en Barcelona, fue inaugurado por Rafael Sarasola , presidente de la asociación organizadora, Tecnifuego-Aespi , quien destacó el papel de este tipo de jornadas, pues “en tiempos de cri- sis es imprescindible mantenerse bien informado sobre la actualidad normativa y tecnológica”. Sarasola afirmó que las empresas que operan en el sector de la se- guridad contra incendios han de ser más competitivas para superar la coyuntura económica actual, y que para ello es necesario apostar por la calidad y por la innovación. “La fuente de calidad no está en el precio, sino en el producto. Si nuestra apuesta es por la competi- tividad en relación al precio y no a la calidad, difícilmente podremos competir con países que tengan costes de producción más bajos”. Asimismo, el responsable de Tecnifuego-Aespi llamó la atención sobre la necesidad de que las administraciones lleven a cabo una inspección del mercado “para impedir que entren elementos intru- sistas, que deben sus ganancias a productos que no cumplen con los requisitos básicos y que luego no serían operativos en caso de incendio”. En el acto de inauguración estuvieron también presentes Joan Boada , secretario general de Interior, Relaciones Institucionales y Participación Ciudadana de la Generalitat de Cataluña, y Joan Albert Dalmau , gerente del área de Prevención, Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de Barcelona. El primero se refirió a la Ley de Prevención de Incendios en Es- tablecimientos, Actividades y Edificios, de aprobación inminente, mientras que el segundo mencionó la reforma del que será el Re- glamento de Instalaciones de Protección de Seguridad contra In- cendios (RIPCI). Ambos temas se trataron más profundamente en la posterior mesa redonda, titulada “La aplicación de la protección pa- siva contra incendios”. Aprobada la “Ley Ómnibus”, que liberaliza las instalaciones de equipos de seguridad que no estén conectados a una central receptora Las Cortes Generales han aprobado la llamada “Ley Ómnibus”, que modifica 48 leyes vi- gentes que regulan diferentes sectores laborales para adaptar la normativa española a la nueva Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y a su Ejercicio. Se trata de la trasposición al ordenamiento jurídico español de la directiva europea relativa a los Servicios en el Mercado Interior, que tiene como fin alcanzar un auténtico mercado único de servicios en la Unión Europea, para lo que se eliminarán barreras legales y ad- ministrativas y se simplificarán los trámites burocráticos. Uno de los sectores que se han visto afectados por la Ley Ómnibus es el de la Se- guridad Privada, concretamente por lo recogido en su artículo 14, que modifica la Ley 23/1992 de Seguridad Privada. Según esto, se añade al texto una Disposición Adicional Sexta que indica que “los prestadores de servicios o las filiales de las empresas de segu- ridad privada que vendan, entreguen, instalen o mantengan equipos técnicos de seguridad, siempre que no incluyan la prestación de servicios de conexión con centrales de alarma, quedan excluidos de la legislación de seguridad privada”. Esto podría suponer que una empresa (o autónomo) no registrada en la Dirección General de Policía como empresa de seguridad proceda a la instalación de sistemas de alarma y videovigilancia, siempre que éstos no estén conectados a una central receptora de alarmas. No obstante, dicho artículo aclara que esto se hará “sin perjuicio de otras legislaciones específicas que pudieran resultarles de aplica- ción”, por lo que siguen siendo válidas las limitaciones establecidas con respecto a la protección de la intimidad personal. En este sen- tido, la Agencia Española de Protección de Datos dispone que las instalaciones de videovigilancia sólo podrán realizarlas las empresas de seguridad privada debidamente homologadas por el Ministerio del Interior.

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