Seguritecnia 362

116 SEGURITECNIA Marzo 2010 las empresas pertenecientes a la Segu- ridad Privada se seguirán rigiendo por la Ley de Seguridad Privada, mientras que las de servicios lo estarán a su le- gislación correspondiente. “Las empre- sas de seguridad adscritas continuarán igual [en cuanto a los procedimientos que han de seguir]”, manifestó. Eduard Zamora lanzó un mensaje de tranquilidad al sector al asegurar que “las empresas de seguridad no deben preocuparse mucho, porque van a se- guir igual que antes”. Para Zamora, “no hay duda de que, si las instalaciones es- tán conectadas a una Central Recep- tora de Alarmas (CRA), el trabajo de ins- talación lo tiene que realizar una em- presa homologada”. Legitimación del tratamiento Tras el presidente de ADSI, tomó la pa- labra Ricard Martínez, quien reconoció que la regulación en materia de video- vigilancia es “extremadamente com- pleja” y “ni siquiera en el propio regla- mento sobre Seguridad Privada se esta- blecen los criterios sobre cómo instalar las cámaras”. Para Martínez, la llegada de la “Ley Omnibus” plantea dos escenarios: el caso en el que no es necesaria la co- nexión a una CRA, y los casos en los que sí. Ahora es la propia Ley la que permite la instalación de dispositivos de videovigilancia a cualquier presta- dor de servicios, por lo que se legitima el tratamiento de las imágenes deriva- dos de estos dispositivos, sin necesi- dad de obtener el consentimiento de los interesados, como señalan las con- clusiones de un informe de la AEPD después de que la “Ley Omnibus” viera la luz. Algo con lo que no estuvo de acuerdo Rubén Salgado, gerente de Lexcam, quien consideró que “al excluir la necesidad de recurrir las empresas de Seguridad Privada para el tratamiento de los datos se permite que cualquiera tenga permiso para controlar datos ale- gando un determinado interés”. Una práctica que, según este abogado, no se debería permitir. S los fabricantes y sean los mismos que pidan empresas y gobiernos”. Al término de su intervención, indicó que hay posturas enfrentadas entre “quienes piensan que esta ley cambia todo y quienes opinan que no va a va- riar nada”. En cualquier caso “este es un sector perfectamente preparado y las empresas tienen una calidad igual o su- perior que las del resto de Europa y Es- tados Unidos”, señaló. Después intervino Esteban Gándara, quien también hizo un breve repaso a los antecedentes de la “Ley Omnibus”, que ha nacido para adaptarse a la ley 17/2009 de libre acceso a las activida- des de servicios, que a su vez es la tras- posición de la Directiva Europea men- cionada por el responsable de Bosch Security Systems. Según Gándara, “las empresas de Seguridad Privada estarán sujetas a unas disposiciones, mientras que las de servicios lo estarán a otras”. La ley, en cualquier caso, delimitará los ámbitos de actuación de cada una. El responsable de la UCSP aclaró que No obstante, para el director general de Bosch Security Systems, el futuro no está totalmente claro, especialmente en el apartado referido a la protección de datos personales. Según Escamilla, el informe emitido por la Agencia Espa- ñola de Protección de Datos (AEPD), en el que se legitima a quienes adquieran dispositivos de videovigilancia para tra- tar los datos personales derivados de la captación de imágenes, deja tras de sí dudas. “Antes, cuando una empresa de seguridad instalaba un dispositivo, se alegaba que no era necesario el per- miso de todas las personas que entran a un local [a ser grabadas]. Ahora eso puede cambiar”. Este profesional dio a conocer ini- ciativas europeas que trataron de evi- tar lo que ahora propone la “Ley Omni- bus”. Una de ellas es Euralarm, una aso- ciación de fabricantes e instaladores de dispositivos de seguridad, que de- fiende la armonización del mercado. “Se quiere que las normas estándar de los productos sea la misma para todos “La AEPD interpreta que la “Ley Omnibus” legitima el tratamiento de las imágenes derivado de dispositivos de videovigilancia, sin necesidad de obtener el consentimiento de los interesados”

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