Seguritecnia 371
SEGURITECNIA Enero 2011 63 Artículo Técnico ferentes entidades involucradas en su cumplimiento. Este documento está clasificado como difusión restringida y la adopción de esta clasificación im- pone la limitación de uso al ámbito de organismos, entidades y colectivos inte- resados en su aplicación. Aspectos prácticos Existe, por tanto, perfectamente orques- tado un marco jurídico, métodos, proce- dimientos y textos para cumplir con los objetivos y responder a los actos de in- terferencia ilícita. Pero ¿cómo afectan es- tas medidas a ▪ los pasajeros, ▪ personal del aeropuerto, ▪ tripulaciones, ▪ entidades que prestan servicios en el aeropuerto, ▪ empresas que transportan sus mer- cancías por vía aérea, ▪ suministradores de las propias compa- ñías aéreas; ▪ sociedades que desarrollan su activi- dad comercial en el aeropuerto? El sistema dictatorial que se ha ges- tado donde todos y todo es sospechoso hace que cada uno de los actores iden- tificados anteriormente deban ganarse su “credencial” para poder volar. Anali- zando las claves de esa anuencia pode- mos destacar algunas claves que define la normativa AVSEC: ▪ Los pasajeros y pertenencias: la ins- pección y registro de los pasajeros y de su equipaje de mano son parte esencial de las medidas de protec- ción. El personal que desarrolle es- tas tareas va a ser cuidadosamente seleccionado, instruido, sometido a pruebas y examinado para asegurar que tiene las calificaciones, conoci- mientos y habilidad requeridos antes de ser certificado para las funciones en los puestos de inspección. ▪ Personal: se va a implementar la verificación de antecedes para con- firmar la idoneidad de personal para el acceso a zonas restringidas de se- guridad de los aeropuertos. Adicio- nalmente su experiencia previa será evaluada preliminarmente a la con- cesión de acreditaciones aeropor- tuarias. ▪ Suministros a bordo: ¿Qué tiene de especial el sándwich mixto y el re- fresco que un pasajero adquiera du- rante el vuelo? Las entidades que ela- boren este tipo de ágape deberán aplicar medidas de seguridad adecua- das en los edificios en los que se pre- paran, almacenan y despachan estos productos para garantizar que no se introducen en sus envíos ningún artí- culo prohibido. Desarrollarán disposi- ciones de protección durante el trans- porte y entrega que garanticen esa es- terilidad definida en origen. Todo ello, sometido a estudio, inspección y prue- bas periódicas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para obte- ner el certificado de ”proveedor acre- ditado” que designe estas entidades con capacidad de cumplir con las exi- gencias en este ámbito. ▪ Proveedores de aeropuerto: Área co- mercial del aeropuerto. Un pasajero decide comprar la prensa, unos deli- ciosos bombones suizos y perfume para su pareja. ¿Cómo afectan las me- didas de seguridad a estos produc- tos? Las empresas que los comerciali- zan serán designadas como “provee- dores conocidos” por el aeropuerto en base a una demostrada solvencia téc- nica en el cumplimiento de los requi- sitos aplicables en relación a la seguri- dad de sus instalaciones, formación de su personal y protección física de di- chos productos durante el transporte desde donde se hayan categorizado para su venta en el aeropuerto. En su defecto no podrán gozar de ese be- neplácito y deberán someterse estos géneros a una estricta inspección me- diante los métodos apropiados. ▪ Medidas de seguridad aplicables a la carga: Empresa de embutidos en la dehesa onubense, sita a 625 Km del aeropuerto donde será embarcado su cargamento de jamones para ex- portación. El proceso de certificación de expedidores conocidos va a dar fundamento y consistencia al modelo de seguridad basado en la confianza. Los agentes acreditados y expedido- res conocidos asumirán estrictamente sus responsabilidades adquiridas al so- meterse de forma voluntaria a este programa que define exigencias en el diseño y configuración de sus edi- ficios, locales, instalaciones, servicios de transporte, vehículos implicados en el procesamiento, contratación, selec- ción y formación de sus empleados y transportistas, embalaje y empaque- tado de sus productos y designación en el seno de sus organizaciones de un responsable en la aplicación de to- das las obligaciones de estas empre- sas reconocidas oficialmente. La carga no sometida a este modelo será con- siderada no segura y tendrán que so- meterse a controles de seguridad ba- sados en la combinación de métodos de inspección como los rayos X, regis- tros manuales o procedimientos acti- vos, en fase de estudio actual, como el uso de perros para la detección de ex- plosivos. La carga aérea No oculto mi inquietud y afinidad por este sector, en el que desarrollo mi ac- tividad en la AESA, y me extenderé bre- vemente para dar las claves que deben definirse en el futuro. Los requisitos de
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