Seguritecnia 376

86 SEGURITECNIA Junio 2011 I i C ongreso N acional de S eguridad P rivada Oscar Téllez Carbajo Secretario de la Sociedad Española de Estudios de Derecho de la Seguridad (SEDS) L a entrada en vigor de las nue- vas Órdenes Ministeriales cuenta con el consenso de las grandes asociaciones e implicados de este sec- tor en nuestro país. Desde la Sociedad Española de Estudios de Derecho de la Seguridad (SEDS), que también ha cola- borado en la revisión, con especial refe- rencia a la figura de nuestro presidente, Francisco Muñoz Usano, consideramos que su llegada, además de esperada y demandada por los agentes implicados, va a suponer, no solo una mejora en los sistemas a instalar y conectados a las Centrales Receptoras de Alarma (CRA), sino además unos criterios y procedi- mientos a seguir, que sin duda han de redundar en beneficio de todos. Era momento de establecer las pau- tas y marcar las directrices de múltiples procesos que ni la Ley 23/1992 ni el Re- glamento de Seguridad Privada habían terminado de desarrollar o clarificar; era momento de adecuar nuestras instala- ciones de seguridad a nuevos criterios tecnológicos vinculándolos además a un objetivo común: la minimización de las falsas alarmas, que llevan consigo el des- plazamiento de dotaciones policiales a la prestación de unos servicios resultan ser de forma reiterada infructuosos; era mo- mento de unificar los criterios o bases para la instalación y mantenimiento de los sistemas de seguridad conectados a CRA o centros de control. Acciones que sin duda generan nuevas oportunida- des de negocio y crecimiento al sector, creando mayores garantías a los usuarios y dotando de una mayor eficiencia en los sistemas instalados y en los traslados de las alarmas recibidas de dichas insta- laciones a los Cuerpos policiales corres- pondientes, descargando así a las Fuer- zas y Cuerpos de Seguridad de unas ta- reas que estaba dejándose descansar sobre la Seguridad Pública, cuando di- chas comprobaciones o verificaciones habían de ser llevadas a cabo por la Se- guridad Privada (bajo los ya tan famosos y numerosas veces mencionados prin- cipios de subordinación y colaboración) para posteriormente ser trasladadas in- mediatamente a la policía aquellas que hubieran resultado positivas o suscepti- bles de intervención policial. Ahora nos enfrentamos a un nuevo reto, el de la aplicación práctica de es- tas nuevas Órdenes. Cuando aún no han entrado en vigor las primeras (excepción hecha de la relativa a la Comisión Mixta), cuando hace escasas semanas acaban de ver la luz dos nuevas Órdenes Minis- teriales relativas esta vez a cualificaciones profesionales y al Día de la Seguridad Pri- vada, cuando tenemos diversos criterios interpretativos al respecto de los distin- tos enunciados de los textos normativos, cuando ya tenemos alguna asociación que ha planteado recurso a las Órdenes, cuando algunas cuestiones han quedado un poco en el aire o no lo suficientemente desarrolladas, etcétera desde la SEDS esta- mos convencidos de que es momento de seguir trabajando y colaborando con los agentes implicados en el desarrollo, así como en la correcta interpretación y apli- cación de dichas Órdenes. Como todo nuevo proyecto normativo que aún no ha entrado en vigor, siempre quedan cabos sueltos, así como supues- tos que solo cuando llega la verdadera puesta en marcha de su aplicación co- mienzan a aparecer. Es lógico pensar o plantearse cómo va a afectar la norma- tiva a determinados establecimientos y plazos que no parecen se hayan ter- minado de concretar, o cómo deberán realizarse los mantenimientos cuando la bidireccionalidad o la tecnología no per- mita cumplir con los anexos estableci- dos, o si deberá redactarse un nuevo y específico anexo para las revisiones de los sistemas de CCTV cuyo fin es el de la videovigilancia, etcétera. Parece claro pensar que, si bien ha sido arduo y duro el trabajo llevado a cabo hasta ahora para poner encima de la mesa este desarrollo normativo, que ya durante años estaba siendo deman- dado por todos (o la gran mayoría) los profesionales, la tarea no acaba aquí sino que hay que continuar desarrollando, in- terpretando, ampliando y clarificando es- tos y otros conceptos y procesos conte- nidos en las normas, no exentos de polé- micas muchos de ellos. Para ello, se hace necesario, abrir nuevas vías de comuni- cación, continuar con la política informa- tiva y clarificadora por parte de la Uni- dad Central de Seguridad Privada en re- lación con aquellos puntos o aspectos que crean dudas o máxima polémica, es- cuchar y colaborar en las interpretacio- nes, estudios, cuestiones y/o aclaracio- nes que desde todos los puntos se plan- tean en el sector, asociaciones, la propia Secretaría General Técnica, la Comisión Mixta, la propia SEDS, foros, etcétera. El trabajo no está concluido, es tarea de todos, la coordinación, cooperación, adecuación y elevación de nuevas pro- puestas a la Administración, a fin de in- volucrar a todo el sector, en la correcta adecuación y aplicación de la norma- tiva que está apunto de entrar en vigor así como no sólo fomentar, sino exigir su cumplimiento. La colaboración de todos será crucial para hacer de esta realidad normativa una efectiva reforma. S Consideraciones sobre las nuevas Órdenes Ministeriales Comité organizador

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