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20 SEGURITECNIA Abril 2014 Seguridad Corporativa rácter temporal que, en su caso, vayan a adoptar para prevenir, proteger y re- accionar ante posibles ataques delibe- rados contra aquéllas. Los Planes de Apoyo Operativo. Se- rán elaborados por el cuerpo policial estatal o, en su caso, autonómico, con competencia en la demarcación, para cada una de las infraestructuras clasi- ficadas como críticas o críticas euro- peas dotadas de un Plande Protección Específico. Deben contemplar las me- didas de vigilancia, prevención, pro- tección o reacción a prestar, de forma complementaria a aquellas previstas por los operadores críticos. Asimismo, el Real Decreto 704/2011, por el que se aprueba el Reglamento de protección de las infraestructuras críticas, establece que recaerá sobre los delegados del Gobierno, bajo la autoridad del secretario de Estado de Seguridad, en las comunidades autó- nomas y en las ciudades con estatuto de autonomía, respecto de las infraes- tructuras críticas localizadas en su te- rritorio, las siguientes facultades en materia de coordinación con los cuer- pos policiales: Coordinar su actuación ante una alerta de seguridad y velar por la apli- cación del PlanNacional de Protección de Infraestructuras Críticas en caso de activacióndeéste. Intervenir, a través del cuerpo poli- cial competente (estatal o autonómico con competencias enmateria de segu- ridad según lo estipulado en los acuer- dos de las Juntas de Seguridad corres- pondientes), y en colaboración con el Una vez aprobados los planes, se procederá al nombramiento oficial de los primeros operadores críticos de cada uno de estos sectores, que irán elaborando sus respectivos Planes de Seguridad del Operador y Planes de Protección Específicos, contando en todo momento con el apoyo del CN- PICquenecesiten. - ¿Qué medios o protocolos existen para la coordinación entre operado- res, CNPIC, Fuerzas y Cuerpos de Se- guridad...? El artículo 13 de la Ley PIC recoge que deben existir distintos planes para la protección de las infraestructuras críti- cas, como son: El PlanNacional de Protección de las Infraestructuras Críticas. Es un docu- mento estructural que permitirá diri- gir y coordinar las actuaciones precisas para proteger las infraestructuras críti- cas en la lucha contra el terrorismo. Los Planes Estratégicos Sectoria- les. Incluyen, por sectores, los crite- rios definidores de lasmedidas a adop- tar parahacer frente a una situaciónde riesgo. Los Planes de Seguridad del Opera- dor y Planes de Protección Específicos. Que son instrumentos de planifica- ción en los que los operadores críticos asumen la obligación de colaborar en la identificación de las infraestructu- ras, especificando las políticas a imple- mentar enmateria de seguridad de las mismas, así como implantando lasme- didas generales de protección, tanto las permanentes como aquellas de ca- Por otro lado, tienen que designar un responsablede seguridad y enlace. Igualmente deben designar un dele- gadode seguridadpor cada unade las infraestructuras consideradas críticas o críticas europeas por el Ministerio del Interior, comunicando su designación a los órganos correspondientes. Además, tienen que facilitar las ins- pecciones que las autoridades com- petentes lleven a cabo para verificar el cumplimiento de la normativa secto- rial y adoptar lasmedidas de seguridad que sean precisas en cada plan, sol- ventando en el menor tiempo posible las deficiencias encontradas. Por último, cabe señalar que los ope- radores críticos tendrán en el CNPIC el punto directo de interlocución con el Ministerio del Interior en lo relativo a sus responsabilidades, funciones y obligaciones. - ¿De quémanera va a dar a conocer el CNPIC estos planes a los operado- res y cómo les orientaráel organismo públicoaadaptarseaellos? De manera previa a la aprobación de los planes, el CNPIC se reunirá con las entidades que van a ser propues- tas a la Comisión Nacional PIC para su nombramiento como operadores críticos e informará a éstas organiza- ciones de los contenidos de los pla- nes y de lasmedidas de técnicas y or- ganizativas contenidas en ellos, con- sensuando con dichas entidades, así como con los ministerios implicados, el contenido final que se elevará para su aprobación.
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