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40 SEGURITECNIA Noviembre 2014 II I S eguridad P rivada C ongreso N acional de terminadas circunstancias. No tengo ninguna duda de que el Reglamento sabrá establecer mecanismos suficien- temente precisos para extender esta protección a los supuestos en los que verdaderamente se precise. 4. Vocación de servicio frente a acti- vidad comercial. Se ponía de mani- fiesto que la guerra de precios poten- ciada por la crisis está provocando una indeseable situación de pérdida de ca- lidad de los servicios y de falta de ren- tabilidad para las empresas proveedo- ras. Esta cuestión no puede resolverse por Ley; es más, para corregir las ma- las prácticas la ley es menos efectiva que las voluntades individuales. Ahora bien, los filtros de calidad impuestos en el nuevo modelo deberían contri- buir a la superación de situaciones in- deseables, creando al mismo tiempo una cultura de seguridad propia de un país avanzado. 5. Formación. Demandaba Ana Borredá una mejor formación y avanzar en la especialización del personal, plan- teando la necesidad de crear una titu- lación de grado universitario para los directores de Seguridad. Pues bien, la Ley ya lo contempla y sólo falta que la demanda justifique su implantación. Por otra parte, es indudable que el salto de calidad pretendido se basa en gran medida en una adecuada forma- ción del personal y así se deberá con- templar en la normativa de desarrollo. El tiempo dirá hasta qué punto se ha- cen bien las cosas. 6. Coordinación. Se decía entonces que al aumentar la colaboración pú- blico-privada, la coordinación se con- vertiría en un elemento clave. En efecto, el nuevo modelo tiene muy en cuenta esta cuestión y la Ley de- dica a la coordinación nada menos que su Título I, lo que, como decla- ración de intenciones, resulta bas- tante esclarecedor. Es más, impone al Ministerio del Interior o, en su caso, al órgano autonómico competente, la obligación (art. 16.1) de adoptar las medidas organizativas necesarias para asegurarla. Es evidente que el concepto de coordinación es nuevo en la relación seguridad pública-se- guridad privada pero el tiempo de la subordinación-control como ejes de la relación ha quedado atrás definiti- vamente. Hay que servir a la seguri- dad nacional y lo haremos mejor jun- tos, diseñando mecanismos para au- mentar nuestra eficiencia. Así pues, ciertamente hemos avan- zado juntos porque, por lo que se ve, hi- cimos el mismo diagnóstico de los pro- blemas que afectaban al desarrollo de la seguridad privada. Algo lógico, habida cuenta de que hemos compartido mu- chos foros en los que se han puesto de manifiesto dichos problemas y de que, juntos, hemos buscado soluciones para ellos con la vista siempre puesta en el in- terés general. Juntos seguiremos profundizando en las soluciones y este III Congreso Nacio- nal es una magnífica ocasión para avan- zar. Estoy seguro de que cuando toque analizar el nuevo Reglamento se verá hasta qué punto han sido decisivas sus aportaciones. S E n el panel inaugural del II Congreso Nacional de Segu- ridad Privada, la directora de Seguritecnia , Ana Borredá, planteó seis ejes de progresión para avanzar jun- tos construyendo el futuro. No vamos a descubrir ahora su grado de conoci- miento sobre el mundo de la seguri- dad privada, ni su capacidad de análisis para descubrir sus fortalezas y debilida- des, pero sí quiero hacer una valoración de hasta qué punto hemos avanzando juntos en el nuevo modelo surgido de la Ley 5/2014. 1. Idoneidad del modelo. Decía Ana Borredá que la seguridad privada crece ocupando los espacios que deja libres la pública por sus propias limita- ciones, pero sería preferible definir qué servicios corresponden a cada una de ellas basándose en criterios de eficien- cia. De acuerdo con su planteamiento, la nueva Ley ha ido aún más lejos: inte- gra los servicios privados en el sistema público y crea el marco para su más eficiente coordinación, sin poner lími- tes al desarrollo de aquellos. 2. El director de Seguridad. Se pedía una reflexión sobre la importancia de esta figura y se ha hecho, hasta el punto de que ha pasado a convertirse en la piedra angular para la ordena- ción de los servicios privados y su re- lación con la Administración, especial- mente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 3. Protección jurídica del personal. Hu- yendo del terreno pantanoso que su- ponía la consideración de agente de la autoridad, la nueva Ley resuelve la falta de protección otorgándole al perso- nal de seguridad privada la misma que a aquellos, siempre que concurran de- Del segundo al tercer Congreso Nacional de Seguridad Privada César Álvarez Coronel jefe de Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil
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