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COMITÉ ORGANIZADOR SEGURITECNIA Noviembre 2014 71 II I S eguridad P rivada C ongreso N acional de La Ley de Seguridad Privada y la formación Es evidente que la Ley de Seguridad Privada concede una gran importancia a la formación. Si nos entretene- mos en contar las veces que se escribe la palabra “for- mación” en el documento veremos que aparece 53 ve- ces, que de media ofrece un alentador resultado de más de una vez por página. El legislador ha estable- cido un sistema de habilitación de centros de forma- ción y de profesores siguiendo el principio de “confianza en los operadores” marcado por Bruselas, lo que facilita la apertura de centros, ya que solo es necesario presen- tar una declaración responsable, en un registro nacio- nal o en los registros autonómicos. También contem- pla la realización de planes anuales de inspección por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, lo que debería garantizar la veracidad de las declaracio- nes citadas. Igualmente, vemos con ilusión cómo contempla la po- sibilidad de que el Ministerio de Educación Cultura y De- porte establezca programas de formación reglada, en el ámbito de la formación profesional y universitaria. Lo mismo acurre con los certificados de profesionalidad que deja en manos del Ministerio de Empleo y Seguridad So- cial. Todo ello, junto con los centros de formación de per- sonal de seguridad privada que cita la ley, augura un fu- turo prometedor al sector de la seguridad. Sin embargo, hay algo que me preocupa. Dentro de mi natural tendencia a la cuantificación he comprobado con cierta preocupación que la palabra “calidad” solo aparece una vez en la ley, asociada a la seguridad infor- mática. La formación es primordial, sin formación no hay evolución en el desempeño de la actividad, pero ésta debe de ser una formación capacitadora, con unos ni- veles de calidad que justifiquen la inversión realizada, en cuanto a lo económico y de disposición de recursos hu- manos, que vaya más allá del concepto legislativo de ha- bilitante. Como indica la RAE en su diccionario, “habili- tar” no solo es hacer apto a alguien, es también hacerle hábil y capaz. No debemos olvidarlo. De esta forma po- dremos asegurar que hemos alcanzado uno de los ob- jetivos de la ley: la mejora de la eficacia en la prestación de los servicios de seguridad privada en lo relativo a for- mación y motivación del personal de seguridad. Tenemos la ley, viene el reglamento. Espero que nadie tenga que acordarse del Conde de Romanones. Jon Michelena Muguerza Director general de CEPREVEN El departamento de Seguridad en el ámbito sanitario Según avanza el siglo XXI, es más evidente que vivimos en una “Sociedad del riesgo”, donde los antiguos ries- gos específicos de una sociedad o sector se globalizan. Por lo tanto, la implantación de un gestor integral de la seguridad es cada vez más necesaria en los organis- mos e instituciones. Hasta ahora, el departamento de Seguridad en el ámbito sanitario era una excepción fruto del trabajo de unos pocos profesionales, pero actualmente es una necesidad para todas las organizaciones que quieran desarrollar políticas de seguridad integral que puedan hacer viables sus procesos de generación de valor y de resiliencia frente a los incidentes adversos. Un departamento de Seguridad es un valor aña- dido a la organización, como nos lo demuestran los ya implantados a lo largo de todo el territorio nacio- nal, que convierten a los hospitales en organizaciones más eficientes, mejorando sus ámbitos de control, evi- tando duplicidades y responsabilidades dispersas y en- globando líneas de actuación que quedaban en otros procesos, como la prevención de riesgos laborales o la contratación administrativa, a los cuales, además, no se les daba una respuesta adecuada. El desarrollo de una gestión técnica de la seguridad, a través de la normalización de los procedimientos in- ternos de actuación, el registro de las incidencias y su posterior seguimiento y actualización, son pilares bá- sicos para que las organizaciones sanitarias comien- cen a ver la seguridad integral no ya como un cajón de sastre, sino como un departamento que comparte los mismos objetivos, misiones y valores que el resto de la organización, y que se encuentra al mismo nivel de de- sarrollo en la gestión que el resto de departamentos sanitarios. El OSICH, como organización de referencia de la se- guridad en el ámbito sanitario en España, cree que el departamento de Seguridad es la herramienta indis- pensable para que prevalezca el derecho a la seguri- dad de pacientes, profesionales, información y bienes de las instituciones. Entiende que todas ellas deberían contar con este tipo de organización, independiente- mente del tamaño o complejidad de sus centros, ins- talaciones y dependencias. Y las que no tengan capa- cidad para ello, deberán aunarse orgánica y funcional- mente para contar con un departamento de Seguridad de forma asociada o grupal. Junta Ejecutiva del OSICH

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