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136 SEGURITECNIA Febrero 2016 Artículo Técnico torio. La norma es una guía para todos aquellos profesionales que deban defi- nir los requerimientos de seguridad, se- leccionar los equipos del sistema, reali- zar la instalación y verificarla, así como gestionar y mantener los sistemas de ví- deoseguridad. Grados Los sistemas de vídeo están formados por cuatro elementos básicos: las cáma- ras, el grabador, las aplicaciones de ges- tión y los sistemas de comunicaciones. La norma EN 62676 determina cuatro grados de seguridad. Éstos se definen según la probabilidad de que se pro- duzca un incidente, así como las conse- cuencias que pueda provocar. Paralela- mente, en la legislación española se han catalogado ciertas instalaciones con grados específicos (bancos, joyerías, nu- cleares…). Cada grado indica mayores requisitos para proteger la integridad del sistema y de las imágenes y datos almacena- dos. Las especificaciones y requerimien- tos del sistema se han agrupado en 18 funciones. Para todas y cada una de di- chas funcionalidades, la norma detalla cómo deben cumplirse en cada grado (en muchas de ellas los requisitos serán iguales en varios grados). Podríamos agruparlas en tres grandes bloques. En primer lugar, las que hacen referencia a la integridad de las imáge- nes (incluidas las exportaciones) y de la configuración del sistema. En segundo lugar, la supervisión del sistema. Y, por último, la gestión de registros ( logs ) y alarmas. E l pasado mes de mayo, se pu- blicó en el Boletín Oficial del Estado la ratificación de la nueva norma europea EN 62676, donde se especifican los requisitos y funciona- lidades que deben cumplir los sistemas de videoseguridad. Esta norma anu- lará definitivamente, el 3 de diciembre de este año, la norma UNE-EN 50132. La nueva normativa consta de cuatro do- cumentos que pueden adquirirse en AENOR: requisitos del sistema (62676-1, disponible ya en castellano), protoco- los de transmisión de vídeo (62676-2), interfaces de vídeo (62676-3) y directri- ces de aplicación (62676-4). La característica principal de esta norma, a diferencia de lo que ocurre en la normativa de los sistemas de in- trusión y alarma, es que el sistema de vídeo se evalúa como un conjunto y no cada uno de los elementos que lo forman por separado. Es decir, a una cámara no se le exigirá que sea de un grado en concreto, como ocurre con los volumétricos, sino que es el con- junto del sistema de vídeo el que debe cumplirlo. Los sistemas de vídeo no serán certi- ficables por ninguna entidad o labora- Jordi Gallego / Director comercial de Lanaccess Grado 3 y 4 en sistemas de CCTV

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