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32 SEGURITECNIA Noviembre 2017 Protección de Infraestructuras Críticas y Estratégicas 10º ANIVERSARIO DEL CNPIC L a figura del operador crítico es una de las piedras angulares sobre las que se apoya el sis- tema de protección de infraestructuras críticas (en adelante, sistema PIC) a ni- vel nacional desde que entró en vigor la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecían medidas para la protección de las infraestructuras críticas, y el Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo, por el que se aprobaba el Reglamento de protección de las infraestructuras críti- cas que desarrolla reglamentariamente la citada norma. Desde la creación del Centro Nacio- nal para la Protección de las Infraestruc- turas Críticas (CNPIC) en noviembre de 2007, en estos 10 años ha destacado el contacto directo y permanente con los operadores críticos bajo los principios de la colaboración público-privada, la responsabilidad compartida en materia de seguridad y la confianza mutua. En este periodo cabe mencionar tam- bién el reciente cambio de denomina- ción del centro recogido por el Real De- creto 770/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica bá- sica del Ministerio del Interior, pasando a denominarse Centro Nacional de Pro- tección de Infraestructuras y Ciberse- guridad. Este cambio de denominación viene motivado por la importancia y el peso específico de la ciberseguridad en el seno del Ministerio del Interior, pa- sando a ser uno de sus ejes estratégicos y designándose a la Secretaría de Es- tado de Seguridad como el órgano su- perior encargado de la dirección y co- ordinación de las políticas en dicha ma- teria, en consonancia con los nuevos riesgos y amenazas que representa la ciberdelincuencia. El objeto fundamental de las actuacio- nes realizadas por el CNPIC durante esta década en materia de protección de in- fraestructuras críticas, y en relación a los operadores críticos, ha sido y es el de me- jorar los mecanismos de prevención, pre- paración y respuesta de nuestro Estado frente a atentados terroristas u otras ame- nazas que puedan afectar a las infraes- tructuras críticas. En este ámbito, es muy importante la colaboración e implicación de los organismos gestores y propietarios de las infraestructuras, en definitiva, de los operadores críticos, con el fin de op- timizar el grado de protección de las mis- mas contra ataques deliberados de todo tipo y contribuir a la protección de la po- blación, así como garantizar el normal funcionamiento de los servicios esencia- les que se prestan a la sociedad. El concepto de operador crítico se re- coge en el artículo 2.m de la Ley 8/2011, incluyéndose en el mismo a las entida- des u organismos responsables de las inversiones o del funcionamiento dia- rio de una instalación, red, sistema o equipo físico o de tecnología de la in- formación designadas como infraes- tructura crítica. Así, los propietarios o gestores de este tipo de infraestructu- ras, como conocedores de la organiza- ción, estructura y funcionamiento de sus corporaciones e infraestructuras, desde su área de competencia y funcio- nes, definidas en el artículo 13 de la Ley 8/2011, juegan un papel clave en el de- sarrollo e implantación del sistema PIC a nivel nacional. En virtud de ello, quiero aprovechar la ocasión para agradecer y felicitar a to- dos los operadores críticos –más de un centenar– que integran el sistema PIC por su espíritu de colaboración con el Ministerio del Interior y por su esfuerzo en adecuar e integrar a nivel corpora- tivo los contenidos y requisitos de segu- ridad desde la convergencia del ámbito físico y cibernético. La incorporación del operador crí- tico al modelo PIC español como un agente más del sistema, y su coopera- ción desde el principio de la colabora- José Ignacio Carabias Corpa Jefe de Operaciones del Centro Nacional de Protección de Infraestructuras y Ciberseguridad (CNPIC) El operador crítico como figura clave del sistema PIC: experiencias y retos

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