seguritecnia 455
pisos) o de una ocupación igual o superior a 2.000 personas. Todos aquellos edificios que alber- guen actividades comerciales, admi- nistrativas, de prestación de servicios, o de cualquier otro tipo, siempre que la altura de evacuación del edificio sea igual o superior a 28 metros (ocho pi- sos) o bien dispongan de una ocupa- ción igual o superior a 2.000 personas. Actividades de espectáculos públicos y recreativos: Edificios cerrados: con capacidad o aforo igual o superior a 2.000 perso- nas, o con una altura de evacuación igual o superior a 28 metros. Instalaciones cerradas desmontables o de temporada: con capacidad o aforo igual o superior a 2.500 personas. Al aire libre: en general, aquellas con una capacidad o aforo igual o superior a 20.000 personas Instalaciones de camping con capaci- dad igual o superior a 2.000 personas. S Actividades docentes: Todos los establecimientos de uso do- cente destinados a personas disca- pacitadas físicas o psíquicas o a otras personas que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios. Cualquier otro establecimiento de uso docente siempre que disponga una al- tura de evacuación igual o superior a 28 metros (ocho pisos) o de una ocu- pación igual o superior a 2.000 per- sonas. Actividades públicas: Residencias o centros de día destina- dos a ancianos, discapacitados físicos o psíquicos, o aquellos en los que ha- bitualmente existan ocupantes que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios y que afecte a cien o más personas. Cualquier otro establecimiento de uso residencial público siempre que disponga una altura de evacuación igual o superior a 28 metros (ocho pues se rigen por el Real Decreto 635- 2006). Aeropuertos, aeródromos y demás instalaciones aeroportuarias. Estaciones e intercambiadores de transporte terrestre con una ocupa- ción igual o superior a 1.500 personas. Líneas ferroviarias metropolitanas. Túneles ferroviarios de longitud igual o superior a 1.000 metros. Autopistas de peaje. Áreas de estacionamiento para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. Actividades sanitarias : Cualquier establecimiento de uso sa- nitario con una disponibilidad igual o superior a 200 camas. Cualquier establecimiento de uso sa- nitario que disponga de una altura de evacuación igual o superior a 28 me- tros (ocho pisos de altura) o de una ocupación igual o superior a 2.000 personas. Protección Contra Incendios
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy ODM4MTc1