Seguritecnia 497

/ Septiembre-Octubre 2022 88 Opinión el sector de Alimentación y, por último, el Sistema Financiero y Tributario. 5. El Gobierno de España, para evitar y no generar la alarma social y no activar el ni- vel 5 con las implicaciones en cuanto a la protección de las distintas infraestructuras críticas por parte del ejército, activó el nivel 4 con la coletilla de “reforzado”. 6. Consiste en una escala compuesta por varios niveles complementarios, cada uno de los cuales se encuentra asociado a un grado de riesgo, en función de la va- loración de la amenaza terrorista que se aprecie en cada momento. La clasificación prevista en el Plan de Prevención y Protec- ción Antiterrorista cuenta con cinco niveles de activación asociados a un determinado nivel de riesgo: el Nivel 1 corresponde a riesgo bajo, el Nivel 2 a riesgo moderado, el Nivel 3 a riesgo medio, el Nivel 4 a ries- go alto y el Nivel 5 a riesgo muy alto. 7. El Plan de Prevención, Protección y Res- puesta Antiterrorista establece las directri- ces generales que, partiendo de un esfuer- zo permanente en el ámbito preventivo, permitan asegurar la detección, segui- miento, análisis y evaluación continuada del riesgo de atentado terrorista, así como la puesta en marcha y coordinación de los dispositivos preventivos en caso necesa- rio, entendidos éstos como el conjunto de acciones llevadas a cabo con anterioridad a que se materialice un atentado terrorista con el objetivo de evitar que se produzca. Su actualización ha sido llevado a cabo en febrero del presente año 2022. 8. Centros de Procesamiento de Datos. 9. De acuerdo con el artículo 36, de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Pri- vada. 10. Debería implementarse en la currícula académica de los distintos grados en Cien- cias de la Seguridad de las distintas univer- sidades formación específica en análisis de inteligencia, para dotar de herramientas indispensables a los directores de seguri- dad en la gerencia diaria de riesgos”. de proteger frente a todo tipo de riesgos, indistintamente de su naturaleza. La inteligencia y la seguridad son un bi- nomio indisociable e indiscutible. Desde estas humildes líneas, abogo por, ade- más de ser indispensables, la creación y constitución de Departamentos de Inteli- gencia y Seguridad Patrimoniales Corpo- rativos en las distintas administraciones, organizaciones, instituciones o empre- sas, debidamente dados de alta por el Ministerio del Interior. Recordemos siempre que: “La seguri- dad no es cara, la seguridad es inestima- ble y su ausencia genera la más absoluta incertidumbre y ‘entropía”. Referencias 1. La creación de los departamentos de se- guridad facultativos es una prerrogativa que recoge el artículo 115 del Reglamento de Seguridad Privada, cuyo tenor literal ex- pone: “Las entidades públicas y privadas, que, sin estar obligadas a ello por no estar comprendidas en los supuestos regulados en el artículo 96, pretendan organizar su departamento de seguridad, con todos o algunos de los cometidos enumerados deberán disponer de un director de seguri- dad al frente del mismo”. 2. Resolución por la que se establecen las funciones y operativa del Departamento de Seguridad Patrimonial Corporativa del Centro Directivo. 3. Prácticamente todas sus funciones las asume legalmente el director de seguridad, siempre que exista un Departamento de Seguridad. La Ley de Seguridad Privada no dice que podrá asumir las competencias del jefe de seguridad, sino que las asumirá. 4. Las distintas administraciones públicas, el sector del Espacio, la Industria Nuclear, la Industria Química, las Instalaciones de Investigación, el sector de aguas, el sec- tor de la Energía, el sector Salud, el sector de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, el sector Transporte, Tales funciones son: 1) El análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones precisas para la implan- tación y realización de los servicios de seguridad privada. 2) La organización, dirección e inspec- ción del personal y servicios de segu- ridad privada. 3) La propuesta de los sistemas de se- guridad que resulten pertinentes y el control de su funcionamiento y mante- nimiento, pudiendo validarlos provisio- nalmente hasta tanto se produzca la inspección y autorización, en su caso, por parte de la Administración. 4) La coordinación de los distintos ser- vicios de seguridad que de ellos de- pendan, con actuaciones propias de protección civil en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública. Ante cualquier tipo de emer- gencia, será el responsable de gestio- narla, en atención a lo dispuesto en los distintos Planes de Autoprotección, por lo que ha de actuar como director del Plan de Autoprotección en Emer- gencias. Seguridad e inteligencia Hemos de empezar a tomarnos la se- guridad muy en serio, pero siempre con directores de seguridad debidamente ha- bilitados por el Ministerio del Interior, con la debida solvencia técnica, formación académica y experiencia, que permita liderar una auténtica cultura de la pre- vención y de la seguridad en las distintas organizaciones. No debemos de olvidar que los direc- tores de seguridad han de formarse 10 y convertirse en verdaderos analistas de inteligencia para realizar una adecuada “gerencia de riesgos” en atención a la información disponible, tomando siem- pre las decisiones adecuadas para evitar comprometer a la organización que han

RkJQdWJsaXNoZXIy MTI4MzQz