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82 SEGURITECNIA Julio-Agosto 2018 Logística y Retail (ISTI)–cuando hace cinco años comen- zaron a trabajar en el análisis de la su- jeción de cargas–, tan solo un uno por ciento de los accidentes con camiones en España se atribuía a la mala estiba. Esto es, aunque la estiba de la carga está considerada como uno de los fac- tores de riesgo más relevantes a nivel europeo, y a pesar de existir normativas de distinto alcance, revisando los an- tecedentes, su legislación no quedaba clara. Algo inexplicable no solo por su impacto en el transporte y en la movili- dad, sino también por las pérdidas eco- nómicas derivadas del desperdicio de la mercancía, la repercusión moneta- ria en las aseguradoras y el perjuicio en la propia imagen de servicio del opera- dor, así como por los daños materiales y humanos. Para detectar las razones de esta mala aplicación, basta fijarse en que hasta ahora, las diferencias existentes en las normativas de los países de la Unión Eu- ropea dificultaban el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte de los transportistas que atraviesan varios paí- ses. Adicionalmente a su cumplimiento, en España también resultaba compli- cado acceder a indicadores claros para registrar las causas de accidentalidad. Esto es debido a que, hasta ahora, en nuestro país, la única referencia al res- pecto en el ordenamiento jurídico se incluía en el Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003), en su artí- culo 14, indicando lo siguiente: “La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, de- ben estar dispuestos y, si fuera necesa- rio, sujetos, de tal forma que no puedan: A) Arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa. B) Comprometer la estabilidad del vehí- culo. C) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas”. Como se observa en el texto anterior, una referencia sin precisar que ha su- puesto un control muy irregular sobre los camiones y furgonetas, afectando indudablemente a los accidentes. La UNE 12195 Así, el pasado 2 de junio de 2017 se aprobó el Real Decreto 563/2017 para regular las inspecciones técnicas diri- gidas a los vehículos comerciales en el territorio español. Y a partir del 20 de mayo de 2018, se ponían en marcha las inspecciones técnicas de los vehí- culos comerciales que circulen por Es- paña. Además del estado a nivel téc- nico del vehículo, uno de los puntos que se revisan en estas nuevas inspec- ciones es la correcta estiba de la mer- cancía dentro del camión o furgoneta. Este Real Decreto responde a la direc- tiva europea 2014/47/UE, en la que los L a seguridad en carretera es una de las principales preocupa- ciones a nivel europeo y que afecta directamente a uno de los esla- bones clave de la cadena de suminis- tro: el transporte. Hasta ahora, se con- taba con normativa algo imprecisa, por lo que la inconcreción y la falta de co- municación han implicado que un fac- tor tan relevante como la correcta es- tiba de las cargas estuviese descuidado. En concreto, según datos de la Comi- sión de Movilidad y Transportes de la Unión Europea, la seguridad de la carga afecta significativamente a los acciden- tes en carretera. Hasta el 25 por ciento de los accidentes de camión pueden atribuirse a una fijación inadecuada de la carga (otras fuentes llegan a valo- rarlo en hasta un 45 por ciento). Si no se sujeta adecuadamente, esta puede caerse y desequilibrar el vehículo, in- cluso volcarlo y afectar a otros vehícu- los. Sin embargo, según datos del Insti- tuto Telemático de Seguridad Industrial Nuria Fuentes / Directora de Comunicación del Centro Español de Logística La estiba de cargas en vehículos, fundamental para la seguridad en carretera

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