Protección de datos

La videovigilancia es objeto del mayor número de procesos sancionadores de la AEPD

Cámara de videovigilancia.
Redacción

La videovigilancia fue la principal área de actividad con mayor número de procedimientos sancionadores por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) el año pasado. De los 393 procesos abiertos 94 correspondieron a la captación y grabación de imágenes, lo que supone un 24 por ciento del total. Representa, por contra, una disminución respecto a 2019, cuando se abrieron 106 procedimientos de este tipo.

Tras la videovigilancia, las áreas con mayor número de procedimientos sancionadores fueron los servicios de internet (19%), las Administraciones Públicas (10%) y las telecomunicaciones (7%). En total, del total de las resoluciones dictadas solo 172 acabaron en multa, según refleja la memoria anual de la AEDP correspondiente a 2020.

Por su parte, los sectores de actividad más sancionados fueron las entidades financieras y acreedoras, con más de cinco millones de euros, y las telecomunicaciones, con más de un millón de euros. Ambos aglutinan el 76 por ciento del importe global de sanciones, que ascendieron a 8.018.800 euros en 2020. Una cantidad que supone un incremento del 27 por ciento de la cuantía respecto a 2019.

Videovigilancia, tercera en reclamaciones

Si bien la videovigilancia es la que motiva más procedimientos sancionadores, no es la primera en cuanto al número de reclamaciones. Los servicios de Internet (16%) motivan la mayor parte de las quejas ante la AEPD, seguidos de los ficheros de morosidad (15%)  y, en tercer lugar, la videovigilancia (12%). En total, la Autoridad de protección de datos recibió 10.324 reclamaciones por parte de ciudadanos en España; una cifra que asciende a las 11.215 incluyendo los casos transfronterizos, los casos en los que la Agencia actúa por iniciativa propia.