La reforma de la Ley de Seguridad Nacional involucra a personas y empresas en la resolución de crisis

Personas andando.
Enrique González Herrero

La reforma de la Ley de Seguridad Nacional está orientada a identificar y aprovechar los recursos considerados estratégicos para el Estado, sean públicos o privados. El anteproyecto que reformará esta norma modifica varios artículos en ese sentido, pero sobre todo replantea el título cuarto, que regula la contribución de recursos a la Seguridad Nacional. A través de esta ley se crearán una serie de mecanismos para que el Estado disponga de lo necesario para resolver una crisis. Entre los más destacados está la creación de un Catálogo de Recursos del Sistema de Seguridad Nacional, de una reserva estratégica o de la red de comunicaciones especiales de la Presidencia del Gobierno.

La aportación de recursos al Sistema de Seguridad Nacional no se limitará únicamente a lo material, sino que también se podría movilizar a la sociedad. El anteproyecto de reforma de la ley establece que «los ciudadanos y las personas jurídicas están sujetos al deber de colaborar, personal o materialmente, en la situación de interés para la Seguridad Nacional, en caso de requerimiento de la autoridad competente». No en vano, cualquier persona mayor de edad «estará obligada a la realización de las prestaciones personales que exijan las autoridades competentes».

Novedades de la Ley de Seguridad Nacional

Las principales novedades que recoge el anteproyecto de modificación de la Ley de Seguridad Nacional son las siguientes:

Contribución de recursos a la Seguridad Nacional: la sociedad en su conjunto queda integrada entre los recursos del Estado para la resolución de situaciones «de interés» para la Seguridad Nacional. Por una parte, las administraciones públicas identificarán, evaluarán y planificarán los recursos correspondientes a sus respectivos ámbitos competenciales. Por otra, ciudadanos y empresas habrá de colaborar, personal o materialmente, en la resolución de estas situaciones en caso de requerimiento de la autoridad competente. No en vano, la ley habilita a esta última a «la requisa de todo tipo de bienes, así como a la intervención u ocupación transitoria de los que sean necesarios». La norma aclara, no obstante, que dicha requisar tendrá «una vigencia limitada al tiempo estrictamente necesario».

Catálogo de Recursos del Sistema de Seguridad Nacional: este documento recopilará el conjunto de recursos humanos, medios materiales, instalaciones y otros activos que sean considerados útiles para afrontar situaciones que afecten a la seguridad de España. Este catálogo general incluirá también a los inventarios sectoriales que elaboren los ministerios.

Red de comunicaciones especiales de la Presidencia del Gobierno: este mecanismo tendrá como objetivo apoyar la coordinación y el intercambio de información. La red incluirá toda la información relacionada con el Catálogo de Recursos del Sistema de Seguridad Nacional, los planes de preparación y disposición de recursos y el procedimiento de disposición.

Reserva Estratégica basada en las Capacidades Nacionales de Producción Industrial: la RECAPI tendrá como objetivo facilitar la producción de los recursos, bienes y tecnologías considerados estratégicos o de primera necesidad, para disminuir de esta manera la dependencia de otros países.

Centro de Coordinación y Promoción de la Industria Estratégica: será el órgano encargado de la gestión ordinaria de la RECAPI. El centro dependerá del Consejo de Seguridad Nacional y estará integrado orgánicamente en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Planes de preparación y disposición de recursos para la Seguridad Nacional: el Consejo de Seguridad Nacional declarará los escenarios y ámbitos para los que debe elaborarse un plan de preparación y disposición de recursos para la Seguridad Nacional. Estos planes recogerán las previsiones, la organización, los objetivos, las instrucciones de coordinación y los recursos necesarios para atender la gestión de una crisis.

Ejercicios de preparación en el marco de la seguridad nacional: el anteproyecto prevé la realización de simulacros y otros ejercicios de preparación a las crisis «sin despliegue real de medios» o, en todo caso, con los recursos de las administraciones central y autonómicas.

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