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38 SEGURITECNIA Diciembre 2015 Seguridad Nacional mendaciones que considere necesarias para la dirección de las situaciones de interés para la Seguridad Nacional. Conclusiones Existe un gran consenso internacional so- bre el hecho de que las situaciones de cri- sis en el futuro diferirán en gran medida de las crisis que conocemos, hemos anali- zado y a las que estamos preparados para hacer frente en estos momentos. Estas situaciones de crisis futuras se caracterizarán por tendencias como la transnacionalización de sus causas y efectos; y su expansión más allá del concepto de frontera geográfica, hacia entorno como los administrativos, polí- ticos, o de espacio y de tiempo. Sin embargo, en el ámbito de las con- secuencias, las crisis venideras manten- drán un alto grado de convenciona- lismo y podrán seguir siendo definidas por la gravedad de sus efectos y la di- mensión, la urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución. España se ha dotado del marco legal, a través de la Ley de Seguridad Nacio- nal, para desarrollar un sistema de ges- tión de situaciones de crisis adaptado a un mundo complejo en permanente evolución. S e implicará a los diferentes órganos que componen la estructura del Sistema de Seguridad Nacional según sus compe- tencias en todos los ámbitos del Estado. En su gestión, se contempla el estableci- miento de una situación de interés para la Seguridad Nacional, definida como aquella en la que por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y trans- versalidad de las medidas para su reso- lución, requiere de la coordinación refor- zada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordi- narias, bajo la dirección del Gobierno, en el marco del Sistema de Seguridad Na- cional, garantizando el funcionamiento óptimo, integrado y flexible de todos los recursos disponibles. En materia de gestión de crisis, el Consejo de Seguridad Nacional, que es presidido por el presidente del Go- bierno, estará asistido por un Comité Especializado de carácter único para el conjunto del Sistema de Seguridad Na- cional, para lo cual estará apoyado por el Departamento de Seguridad Nacio- nal. Este Comité será el responsable de elaborar la propuesta de directriz polí- tico-estratégica para sincronizar y prio- rizar la acción de todos los recursos dis- ponibles, y de formular aquellas reco- tuaciones de crisis, incrementado por el auge de los servicios de noticias vía satélite será la gestión de la comunica- ción, ya que una mala gestión comuni- cativa, puede incluso empeorar la crisis y prolongar su resolución. Si se falla en la gestión la información, se fallará en el control de la crisis en general, incluso en sus aspectos más operacionales. Ley de Seguridad Nacional La Ley de Seguridad Nacional 3 , aprobada por el Gobierno el 28 de septiembre de 2015, aborda los desafíos a los que se en- frenta la Seguridad Nacional y que revis- ten en ocasiones una elevada comple- jidad, que desborda las fronteras de ca- tegorías tradicionales como la defensa, la seguridad pública, la acción exterior y la inteligencia, así como de otras más re- cientemente incorporadas a la preocu- pación por la seguridad, como el medio ambiente, la energía, los transportes, el ciberespacio y la estabilidad económica. Por otra parte, la dimensión que ad- quieren ciertos riesgos, su acusada trans- versalidad, o la combinación de estos rasgos con su naturaleza abierta e in- cierta, son factores que indican clara- mente que toda respuesta que implique a los distintos agentes e instrumentos de la Seguridad Nacional se verá reforzada y resultará más eficiente si se realiza de forma coordinada. En su título III regula la gestión de crisis, como marco general de funcionamiento del Sistema de Segu- ridad Nacional, y establece definiciones y competencias en esta materia; defi- niendo la gestión de crisis como el con- junto ordinario de actuaciones dirigidas a detectar y valorar los riesgos y amena- zas concretos para la Seguridad Nacio- nal, facilitar el proceso de toma de deci- siones y asegurar una respuesta óptima y coordinada de los recursos del Estado que sean necesarios. De esta manera, la gestión de crisis se desarrollará a través de instrumentos de prevención, detección, respuesta, re- torno a la normalidad y evaluación que serán implementados de forma gradual 3. Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.

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