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Protección de Infraestructuras Críticas SEGURITECNIA Diciembre 2015 53 tamentos responsables, de los operado- res de servicios y de consultoras espe- cializadas. A lo largo de 2013, se organizaron las primeras reuniones de trabajo en- tre los principales agentes implicados en el marco del desarrollo de los referi- dos Planes Estratégicos Sectoriales, co- menzando por los sectores de la Ener- gía, el Nuclear y el Financiero, con la idea de continuar secuencialmente por el desarrollo del resto de sectores. Es- tos trabajos nos permitieron conocer, en cada uno de los sectores estratégi- cos estudiados, cuáles son los servicios esenciales proporcionados a la socie- dad, el funcionamiento general de és- tos, las vulnerabilidades del sistema, las consecuencias potenciales de su inac- tividad y las medidas estratégicas nece- sarias para su mantenimiento. Secretaría de Estado La Secretaría de Estado de Seguridad es el órgano superior del Ministerio del In- terior responsable del Sistema Nacio- nal de Protección de las Infraestructu- ras Críticas, conforme al artículo 6 de la “Ley PIC”. Este cometido se ejerce con la asistencia del CNPIC, órgano ministerial encargado del impulso, la coordinación y la supervisión de todas las activida- des que tiene encomendadas en este ámbito dicha Secretaría de Estado. Y es el Secretario de Estado precisamente el responsable de presidir la Comisión Nacional PIC que tiene, entre otras atri- buciones, la de aprobar los Planes Estra- tégicos Sectoriales y designar a los ope- radores críticos. La reunión constitutiva de la Comi- sión Nacional PIC tuvo lugar en junio de 2014, y en ella se aprobaron los prime- ros cinco Planes Estratégicos Secto- riales (los correspondientes al Sistema Eléctrico, Gasístico, Petróleo –la confec- ción de un único plan del sector ener- gético, dada su amplitud y diferencia- ción no se consideró oportuno, por lo que se desglosó en tres distintos–, Nu- clear y Financiero), así como a los res- pectivos operadores (39 en total) res- ponsables de la gestión de infraestruc- turas críticas en estos sectores. Turno de operadores Del sistema de planificación aquí es- bozado se deriva una responsabilidad compartida entre el operador crítico (propietario y/o gestor de las infraes- tructuras críticas que presta servicios esenciales) y el Gobierno de España, representado por la Secretaría de Es- tado de Seguridad del Ministerio del In- terior, como garante de que los servi- cios esenciales sean proporcionados en condiciones de seguridad, integridad y calidad en beneficio de la población ci- vil, las instituciones públicas y el sistema empresarial del país. Las dos primeras piezas de dicho sis- tema de planificación ya han sido par- cialmente diseñadas por el Estado (Plan Nacional de Protección de las Infraes- tructuras Críticas y parte de los Planes Estratégicos Sectoriales), mientras que la redacción de los Planes de Seguri- dad del Operador es responsabilidad de los operadores críticos . Tras la apro- bación, de los Planes Estratégicos Sec- toriales relativos a la Energía, Industria Nuclear y Sistema Financiero, los ope- radores críticos designados han ido en- tregando al CNPIC, para aprobación, sus respectivos Planes de Seguridad del Operador. Estos planes, una vez re- visados y aprobados, junto con las pro- puestas de mejora en su caso observa- das, fueron remitidos a los correspon- dientes operadores antes de verano de 2015, abriéndose un plazo de cuatro meses para que cada uno de ellos pre- sentara un Plan de Protección Espe- cífico por cada infraestructura crítica identificada . A partir de este momento, pues, la implantación del Sistema PIC tiene tam- bién su continuación en el marco terri- torial y operativo policial. Esta implan- tación debe llevarse a cabo a través de los Planes de Protección Específi- cos y de los Planes de Apoyo Opera- tivo , sobre los cuales las Administracio- nes Públicas (Fuerzas y Cuerpos de Se- guridad) tienen responsabilidad en la aprobación y revisión de los primeros, y en la elaboración, aprobación y revisión de los segundos. Los primeros Planes de Protección Específicos (más de un centenar) co- mienzan a tener entrada en septiem- bre de 2015 , siendo por tanto necesa- rio que los órganos territoriales compe- tentes tengan instrucciones claras para la aprobación de los mismos y para la subsiguiente implantación de los Pla- nes de Apoyo Operativo . Con el fin de culminar el estableci- miento del sistema de planificación es- tablecido en la Ley 8/2011 a nivel terri- torial, en atención a las especiales obli- gaciones que exige la citada Ley a las Administraciones Públicas competen- tes, y teniendo en cuenta los numero- sos agentes que participan en su im- plantación, el secretario de Estado de Seguridad ha dictado, en septiem- bre, una Instrucción , dirigida a los res- ponsables policiales con competencias en la protección de las infraestructu- ras críticas, donde se diseña un marco de actuación, que contribuya a agili- zar la implantación del citado Sistema de una manera eficaz, ágil, homogénea y armonizada en las diferentes Comuni- dades Autónomas y en las ciudades con Estatuto de Autonomía. Esta Instrucción tiene como objeto determinar el procedimiento de ges- tión y coordinación a seguir en lo re- ferente a la implantación del Sistema de Protección de Infraestructuras Crí- ticas a nivel territorial (Planes de Pro- Hasta junio de 2015, el CERTSI ha gestionado cerca de 30.000 ciberincidentes, de los cuales 90 fueron contra infraestructuras críticas

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