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SEGURITECNIA Julio-Agosto 2018 57 C on la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Insta- laciones de Protección Con- tra Incendios (RIPCI 513/2017), se habilita a las empresas instaladoras y mantene- doras especializadas para la instalación y mantenimiento de señales fotolumi- niscentes de protección contra incen- dios (PCI) y evacuación. A través de éste artículo técnico, Normaluz pretende in- formar de los requisitos de las señales, así como de su instalación y manteni- miento. ¿Cuál es la vida útil de las señales fo- toluminiscentes? El RIPCI señala que "la vida útil de las se- ñales fotoluminicentes será la que esta- blezca el fabricante de las mismas". En el caso de que no tengan una vida útil establecida, esta se considerará de 10 años. Al ser un nuevo requisito, las se- ñales fabricadas antes de la publicación del RIPCI, en 2017, no tienen una vida útil establecida. El mes y el año de fa- bricación comenzó a incluirse en 2003, por lo que, desde ahora, todas las se- ñales que nos encontremos instaladas deben revisarse para comprobar su es- tado y sustituirse si ya no cumplen con su función. Asimismo, tanto Normaluz como los demás fabricantes realizamos ensayos en laboratorios independientes y acre- ditados según la norma UNE 23035/4, para, entre otros parámetros, medir y determinar a través de simulaciones de laboratorio que la señal ha tenido una degradación inferior a los parámetros definidos en la citada norma y que, por lo tanto, cumple con los requisitos es- tablecidos en dicha norma UNE. Hasta que no se publique, no existe metodo- logía unificada sujeta a normativa para realizar pruebas de durabilidad superio- res a 10 años. El RIPCI también recoge que las seña- les fotoluminiscentes deben ser revisa- das con periodicidad anual. En el caso de los extintores y otros equipos con- tra incendios, las revisiones se reflejan en una pegatina instalada en los mis- mos, que permite identificar el equipo y la fecha de la última revisión, entre otras cosas. En el caso de las señales, ¿también es necesaria su identifica- ción con pegatinas de revisión? No es necesario ni obligatorio reflejar en las señales pegatinas de revisión. Lo obligatorio es realizar cada año una ins- pección visual de la señal y reflejarlo en el acta de revisión, conforme a la norma UNE23580-1:2005, parte 1 generalida- des. Sí es obligatorio identificar todos los equipos y componentes de las insta- laciones y medios contra incendios (in- cluidas las señales) de forma precisa. ¿Quién puede hacer la revisión de las señales? Personal del fabricante de señales, de la empresa mantenedora o del titular o usuario de la instalación que esté acre- ditado e incluido en el registro habili- tado por cada comunidad autónoma. Para poder inscribirse en este registro, mientras que no se cree el curso de ca- pacitación profesional, es necesario de- mostrar una antigüedad mínima labo- ral de un año. ¿Por parte del fabricante se deben proporcionar indicaciones para la co- rrecta instalación y mantenimiento de sus señales? Sí, tal y como indica la norma UNE 23035-4:2003, junto a las señales, se debe incluir información relativa a ca- racterísticas, normas, ensayos, instala- ción, almacenaje, limpieza y conser- vación. Bernardino Meseguer / CEO de Normaluz Nuevo RIPCI: la señalización fotoluminiscente Protección Contra Incendios

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