Claves del nuevo Convenio Colectivo de Seguridad Privada 2021

Vigilante de seguridad en un centro comercial.
Enrique González Herrero

La patronal y los sindicatos firmaron, el 30 de septiembre, un nuevo Convenio Colectivo de Seguridad Privada. El pacto laboral tendrá una duración de un año, que irá desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021. La situación de crisis sanitaria y económica ha propiciado la aprobación de un convenio puente, a la espera de tiempos mejores que permitan sacar adelante otro más duradero.

El acuerdo ha recibido el apoyo de la patronal, compuesta por Aproser (dentro de cuya representación estaban UAS y FES) y Asecops, y los sindicatos FTSP-USO y FeSMC-UGT. Sin embargo, Comisiones Obreras de la Construcción, ELA y CIG han rechazado suscribirlo. Aun así, el texto pactado tiene suficiente respaldo para poder aprobarse.

Novedades del Convenio de Seguridad Privada 2021

El hecho de que el nuevo convenio solo vaya a estar vigente un año no ha impedido incorporar cambios importantes. Las novedades son:

– Incremento salarial: el convenio incluye una subida salarial del 1 por ciento en los conceptos incluidos en el «Anexo Salarial y de Retribuciones». Es el apartado que indica el salario base de las diferentes categorías profesionales, así como los pluses de peligrosidad, actividad, transporte y vestuario.

– Salario Mínimo Interprofesional: el  texto actualizará las categorías afectadas por el incremento del salario mínimo interprofesional (SMI), «sin que se produzca compensación o absorción de los conceptos extrasalariales». La «Disposición Adicional Quinta» establecerá que si la retribución computable de alguna categoría laboral fuera inferior al mínimo establecido en algún momento, se procederá a su actualización.

– Registro horario: el Convenio de Seguridad Privada 2021 incluirá un régimen de registro horario que entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE. Para ello, incorporará un punto más al artículo 52 (jornada de trabajo) que recogerá el modelo de implantación del sistema. Todas las empresas del sector tendrán que adoptarlo. Aquellas que ya cuenten con un registro horario podrán seguir utilizándolo, pero tendrán que adaptarlo al modelo que establece el nuevo convenio.

Según el texto, «la implantación de un sistema de registro diario de jornada no supone alteración ni en la jornada ni en los descansos, pausas y otras interrupciones de trabajo de la plantilla, que seguirá rigiéndose por las normas legales y convencionales aplicables, así como por los pactos colectivos o contractuales que afecten a cada persona trabajadora y por lo establecido en el calendario laboral anual».

El convenio diferencia un procedimiento para el personal operativo y otro para el de estructura. El sistema a implantar para el primer grupo busca garantizar «de forma precisa y fácil interpretación» el registro de las horas de inicio y finalización del servicio, así como los posibles descansos intermedios.

– Análisis del impacto del COVID-19: el pacto incorporará un nuevo apartado en la «Disposición Adicional de Comisión Técnica de Redacción del Convenio». En él reflejará la necesidad de llevar a cabo un análisis conjunto de las repercusiones actuales y futuras de la actual crisis sanitaria en el sector de la seguridad privada. Dicha evaluación pondrá especial énfasis en aquellos ámbitos especialmente afectados, como el transporte de fondos y gestión del efectivo o los servicios de vigilancia en medios de transporte.

Este análisis tendrá un enfoque tanto sectorial como intersectorial «a fin de identificar las ventajas y efectos de una actuación conjunta con otras organizaciones igualmente afectadas». Esto permitirá además recabar apoyos adicionales que complementen la actuación de las organizaciones sindicales y empresariales de la seguridad privada que firman el convenio.

Accede al texto íntegro del nuevo convenio aquí.