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SEGURITECNIA Abril 2014 17 Seguridad Corporativa del año 2015, el director de Seguridad verá aumentadas sus funciones y po- tencialidades con respecto a las otras figuras del personal de seguridad pri- vada. Las principales conclusiones ex- traídas de la nueva norma en relación con la figura del director de Seguri- dad son: ▪ Artículo 26. Profesiones de Seguri- dad Privada: Reafirma la figura del di- rector de Seguridad como profesional de la seguridad privada. Su reconoci- miento se inició en el año 2008, con la publicación del RD 4/2008, de 11 de enero, dónde se contemplaba por primera vez al director de Seguridad comopersonal de seguridadprivada. ▪ Artículo 29. Formación: Visualiza un cambio cualitativo y de reconoci- miento profesional. Se refuerza la fi- gura del director de Seguridad en dos vías: como profesional en su ám- bito y ante la organizacióndondede- sarrolla su actividad. ▪ Artículo 36. Directores de Segu- ridad: Adquiere mayor relevancia y más carga de trabajo en contenidos. Éste artículo es muy importante, ya que por primera vez se puede visua- lizar el “cambio de rumbo” y su dife- renciación profesional, a partir de sus funciones y tareas, con respecto a an- teriores normativas reguladoras. Le diferencia de otras figuras del perso- nal de seguridadprivada. ▪ Artículo 38. Prestación de Servicios de Seguridad Privada: Refuerza el posicionamiento del director de Se- guridad y su protección en la toma de decisiones. Además se integra normativamente la figura del director de Seguridad en la estructura organi- zativa de la empresa donde desem- peña sus funciones. ▪ Artículo 52. Tipos de Medidas: las reformas del Código Penal sobre la responsabilidad penal de las perso- nas jurídicas, así como la aparición en escena de la figura del compliance officer, obliga a los directores de Se- guridad a una remodelación de la función de seguridad integral corpo- rativa, y a disponer de las medidas necesarias destinadas a la protección depersonas ybienes. Conclusiones generales Posiblemente, la nueva Ley de Seguri- dad Privada y su posterior normativa reguladora aportarán un cambio de rumbo en nuestra profesión como di- rectores de seguridad. Las conclusio- nes generales respecto al profesional quenos ocupa son: ▪ Reafirmación de la figura del director de Seguridad como profesional de la seguridadprivada. ▪ Doble accesibilidad a la profesión desde distinto nivel formativo; aun- que para ello, será necesaria la inter- vención del Ministerio de Educación, así como de Interior, regulando di- chos estudios. ▪ Mayor notoriedad, con más funcio- nes y cargade trabajo. ▪ Mayor seguridad jurídicaenel desem- peñode sus funcionesprofesionales. ▪ Refuerza el posicionamiento del di- rector de Seguridad en la estructura organizativa de la empresa en la que realiza sus funciones. ▪ Refuerzo en la adopción demedidas de seguridad privada, que nos obli- gará a una remodelación de la fun- ción de seguridad integral corpora- tiva, y a disponer de las medidas ne- cesarias destinadas a la protecciónde personas ybienes. S E l próximo 4 de abril se cele- brará enMadrid, en el audito- riodel HotelMeliáCastilla, el V Congreso de Directores de Seguridad, en el que bajo el lema “Cambio de rumbo”, se analizarán, entre otros te- mas, las novedades en torno a la figura del director de Seguridad y su trata- mientoenel nuevomarco legislativo. Con la aplicación de la nueva Ley de Seguridad Privada y su posterior regla- mento regulador, el director de Segu- ridad verá aumentadas sus funciones y potencialidades con respecto a las otras figuras del personal de seguridad privada, que también se contemplan en la citada ley. En este congreso, organizado por ADSI junto con las asociaciones ASIS International y AEDS, así como Seguritecnia , se debatirán temas de gran interés para nuestra profesión, poniendo un especial énfasis en el nuevo escenario que se presenta, a la espera de la publicación de la Ley de Seguridad Privada. ADSI colabora ac- tivamente en la celebración y conte- nidos del congreso, aportando nue- vas Ideas. Este congreso, cuyo lema dice “Cam- bio de rumbo”, llega en un momento importante, con la nueva Ley de Se- guridad Privada ya aprobada. Espera- mos que esté publicada en el BOE en el momento en que se celebre el con- greso, donde se debatirán los diferen- tes artículos que vinculan al director de Seguridad. Conclusiones Con la aplicación de la nueva Ley de Seguridad Privada y su posterior regla- mento regulador, que previsiblemente no estará disponible hasta mediados Unauténtico“cambiode rumbo”parael director deSeguridad FranciscoPoley / Presidentede laAsociacióndeDirectivosdeSeguridad Integral (ADSI)

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