José Luis Ortega González Grupo Control
José Luis Ortega González Director de expansión / Responsable de operaciones en centros comerciales Grupo Control

Protocolos en los centros comerciales ante la reapertura tras el estado de alarma

Centro comercial Grupo Control

La crisis sanitaria por el coronavirus ha impactado de lleno en todos los sectores de nuestra economía. Junto al turismo y la restauración, los centros comerciales ha sido uno de los sectores más castigados. Pero estos centros han sabido adaptarse, ofreciendo protocolos acordes a las nuevas rutinas de la población, buscando la identificación del usuario con la marca y poniendo el foco en un discurso de apoyo y compromiso social, dejando a un lado lo comercial.

La prioridad ahora es trabajar por y para las personas, e intentar que todas nuestras medidas garanticen un nivel alto de seguridad, pero, a su vez, sean lo menos invasivas posibles. Este tiempo nos ha demostrado, una vez más, lo orgullosos que debemos sentirnos de los profesionales de la seguridad privada, quienes trabajan sin descanso para la protección de todos. Esta ha sido una de las principales lecciones aprendidas, la gran labor desarrollada por nuestro personal, su disponibilidad y la alta implicación en sus responsabilidades, así como el elevado nivel de colaboración entre ellos y los responsables de seguridad de nuestros clientes. Este es sin duda el mejor input que nos va a quedar, afectando en positivo a nuestras futuras relaciones, tanto humanas como comerciales.

Normas del estado de alarma

Desde el inicio del estado de alarma, en marzo de 2020, han sido varias las disposiciones legales que han marcado las pautas de trabajo:

  1. Real Decreto 463/2020: Desde el 14 de marzo del 2020, el Ministerio del Interior establece los criterios de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con el personal y empresas de seguridad privada ante la declaración del estado de alarma.
  2. Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.
  3. Actualización del Ministerio de Sanidad, de 8 de abril de 2020, del procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-COV-2.
  4. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
  5. Orden SND, de 3 de mayo, por la que establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios.
  6. Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional.
  7. Real decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra la exposición de agentes biológicos durante el trabajo.
  8. Real decreto 773/1997, de 30 de mayo sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

Protocolo de reapertura

El COVID-19 ha obligado a modificar e implementar normas de funcionamiento, como nuevas medidas de higiene, de operativa y consejos sanitarios para permitir el distanciamiento social.

Medidas higiénico-sanitarias:

  1. Cumplir con la normativa que se encuentran en los soportes de comunicación del centro comercial.
  2. No acudir al centro comercial si presentas síntomas o has estado en contacto con persona positiva.
  3. Respetar de distancia de seguridad de dos metros.
  4. Evitar el contacto físico dentro y fuera de tu lugar de trabajo.
  5. Uso obligatorio de las mascarillas.
  6. Prohibición de permanecer en las zonas comunes.
  7. Lavarse las manos con agua y jabón con frecuencia. Usar un desinfectante a base de alcohol.

Funcionamiento del centro:

  1. Aforo: será controlado por un sistema automatizado con la ayuda de nuestro personal de seguridad.
  2. Ascensores: se reservan para uso preferente de personas con movilidad reducida, embarazadas y carritos de bebés.
  3. Aseos: se han reducido el número de núcleos de aseos disponibles y el aforo estará limitado a un unidad familiar.
  4. Limpieza: se procederá a la desinfección mediante nebulización del centro comercial, previa a la reanudación de la actividad.
  5. Colas: se colocarán marcas en el suelo para señalar la distancia física que ha de ser respetada y separadores, en caso de ser necesarios.

Actuación de la seguridad privada:

1. Accesos peatonales en mall y sas parking.

  • Se ubicará un miembro del equipo de seguridad en cada uno de los accesos abiertos controlando la entrada, el aforo y efectuando controles de temperatura a los clientes mediante cámaras termográficas. En el caso de que el cliente supere la temperatura de 37,5 grados, se aplicará el protocolo de actuación ante sospecha de contagio.
  • Se diferenciarán en los accesos peatonales los recorridos de entradas/salidas. Asimismo, se señalará a través de vinilos en el suelo el espacio de entrada y salida con una división en medio.
  • Se informará a través de las pantallas sobre el aforo actualizado, mediante un sistema de control automático con sistema de Alerting, sujeto siempre a la normativa vigente.

2. Aparcamientos.

  • Una vez el cliente acceda al aparcamiento, se informará de que la recomendación será aparcar en plazas alternas.

3. Pasillo y Zonas Comunes.

  • A lo largo de todo el centro comercial se recordará a los clientes la importancia de respetar la distancia de seguridad, además se dividirá el mall en dos carriles y cada uno tendrá una dirección, utilizando “las islas”, para poder girar el sentido a modo de rotonda. Para ello se colocarán vinilos en el suelo cada diez metros, indicando la distancia de seguridad de dos metros.

4. Muelles de carga.

  • El personal de seguridad permanecerá en la zona de muelles abiertos controlando la entrada y los aforos.
  • Se utilizará el montacargas de forma individual.

5. Accesos a tiendas.

  • Para el control de acceso a las tiendas y como criterio general, las colas deberán situarse pegadas a las fachadas de los locales, sin invadir la de los locales colindantes.
  • Para las tiendas, se colocarán vinilos en el suelo con una distancia de 2 metros y catenarias con doble cola si fuera necesario.

6. Locución por megafonía.

  • Se deberá realizar una locución para emitir por megafonía, y el contenido de esa cuña indicará el horario, así como la importancia de respetar la distancia de seguridad y las normas.

Una vez reanudada la actividad del centro comercial, se han cumplido todas las normas emitidas por el Gobierno y las comunidades autónomas. Llega ahora el momento en el que se ha decretado el fin del estado de alarma y, con ello, nuevas medidas para esta actividad.