Alfonso Díez, Tecnifuego
Alfonso Díez Coordinador del Comité de Fabricantes de Producto de Protección Pasiva Tecnifuego

Panorama actual de la seguridad contra incendios en fachadas

Humo en fachada de viviendas

El Real Decreto 732/2019, por el que se  modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE), ha supuesto una mejora en los requisitos de la eficiencia energética de los edificios. Entre otras cuestiones, recoge el nuevo “Documento Básico de Ahorro de Energía”.

Esta modificación viene a adaptar el CTE a nuevas exigencias que mejorarán las prestaciones de los edificios en cuanto a eficiencia energética, salubridad seguridad y confort de los usuarios. De esta manera, se alinea con las distintas iniciativas que proponen, tanto a nivel nacional como internacional, el ahorro energético y el uso de energías renovables.

A partir de la entrada en vigor del reglamento, los nuevos edificios tendrán una eficiencia energética que, sumada al uso de energías renovables, supondrá una reducción de consumo del 40 por ciento de energía.

Con el nuevo DB-HE se mejorará la calidad de las envolventes térmicas de los edificios y se fomentará el uso de las tecnologías más eficientes y sostenibles para su acondicionamiento. Esto permitirá alcanzar unas condiciones adecuadas de confort con el mínimo gasto energético.

El documento revisa y actualiza las exigencias reglamentarias de eficiencia energética de los edificios en cumplimiento de lo establecido por la Directiva 2010/31/UE, que establece la obligación de realizar esta revisión periódicamente. Esta revisión resulta además imprescindible para el progresivo avance hacia una economía baja en carbono que sea competitiva en 2050. Un objetivo con el que se ha comprometido España a través de acuerdos internacionales en las últimas cumbres del clima.

La mejor manera de cumplir los nuevos requisitos energéticos es el aislamiento por el exterior mediante fachada ventilada o SATE

Mejora de la eficiencia energética

La mejor manera de poder cumplir estos nuevos requisitos energéticos es, tanto para la vivienda nueva como –sobre todo– para la rehabilitación, el aislamiento por el exterior mediante fachada ventilada o SATE.

Estos sistemas de aislamiento mejoran la eficiencia energética de tres formas:

  1. Eliminando puentes térmicos.
  2. Trasladando las inercias térmicas al interior.
  3. En el caso de la fachada ventilada, reduciendo la temperatura superficial de aislamiento para el ciclo de verano.

Por otra parte, para las obras de rehabilitación, estos tipos de soluciones constructivas son los más adecuados para conseguir no interferir en la vida de los usuarios durante la intervención. El problema que tienen es el empeoramiento del comportamiento al fuego de las fachadas. Pasamos de tener soluciones muy seguras desde el punto de vista protección frente al fuego, a soluciones que requieren otro tratamiento. De hecho, en el extranjero se producen incendios en fachadas que en España son casi desconocidos debido a que se han empezado a utilizar estas soluciones desde hace relativamente pocos años y no de forma generalizada.

  • Fachada ventilada: la propia cámara ventilada hace de chimenea favoreciendo la propagación del fuego por el interior de la cámara. Además, la ‘piel’ exterior del edificio no es continua, permitiendo el paso del fuego del exterior de la misma al interior y viceversa.
  • Fachada SATE: en este caso, la propagación dependerá de la integridad estructural del acabado exterior del recubrimiento del aislamiento. Si bien el sistema no favorece el tiro debido a que no hay efecto chimenea, la ‘piel’ exterior no tiene una gran resistencia al fuego, pudiendo ser insuficiente para impedir la propagación del mismo si en aislamiento fuera combustible.

Para evitar que aumenten los riesgos de incendio con el incremento que estamos teniendo en el uso de este tipo de aislamientos y que será generalizado, no nos queda más remedio que desarrollar y emplear materiales seguros que mantengan los niveles de seguridad que necesitamos.

Fachada de edificio con muchas ventanas

¿Qué dice el CTE?

El Boletín Oficial del Estado de 27 de diciembre de 2019 publicaba el Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. Esta norma introduce una modificación puntual del Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendio en la sección SI2 de “Propagación exterior”. Por ello se han modificado en la página web la Parte I del Código, así como todos los documentos básicos afectados, publicando nuevas versiones consolidadas, con modificaciones señaladas y con comentarios. Al respecto, indica:

Modificación en fachadas

Se han modificado los puntos 4, 5 y 6, que se detallan así:

4.- La clase de reacción al fuego de los sistemas constructivos de fachada (SATE) que ocupen más del 10 por ciento de su superficie será, en función de la altura total de la fachada:

  • D-s3,d0 en fachadas de altura hasta 10 metros.
  • C-s3,d0 en fachadas de altura hasta 18 metros.
  • B-s3,d0 en fachadas de altura superior a 18 metros.

Dicha clasificación debe considerarse la condición de uso final del sistema constructivo, incluyendo aquellos materiales que constituyan capas contenidas en el interior de la solución de fachada y que no estén protegidas por una capa que sea EI30 como mínimo.

5.- Los sistemas de aislamiento situados en el interior de cámaras ventiladas deben tener, al menos, la siguiente clasificación de reacción al fuego en función de la altura total de la fachada:

  • D-s3,d0 en fachadas de altura hasta 10 metros.
  • B-s3,d0 en fachadas de altura hasta 28 metros.
  • A2-s3,d0 en fachadas de altura superior a 28 metros.

Debe limitarse el desarrollo vertical de las cámaras ventiladas de fachada, en continuidad con los forjados resistentes al fuego que separan sectores de incendio. La inclusión de barreras E 30 se puede considerar un procedimiento válido para limitar dicho desarrollo vertical.

6.- En aquellas fachadas de altura igual o inferior a 18 metros cuyo arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, la clase de reacción al fuego, tanto de los sistemas constructivos mencionados en el punto 4 como de aquellos situados en el interior de cámaras ventiladas en su caso, debe ser al menos B-s3, d0 hasta una altura de 3,5 metros como mínimo.

Recomendaciones

Desde el Comité de Fabricantes de Protección Pasiva de Tecnifuego queremos puntualizar que, pese a que pueda existir una cierta sensación de mejora, con los cambios propuestos esta solo se produciría en los edificios de gran altura, ya que para el resto muchos materiales con una mala reacción al fuego podrían formar parte de los sistemas.

Pese a que pueda existir una cierta sensación de mejora, con los cambios propuestos en el CTE esta solo se produciría en los edificios de gran altura

Además, en Tecnifuego queremos minimizar el riesgo mediante la reducción y control de la velocidad de propagación del fuego, protegiendo de esta manera a las personas basándonos en dos factores principales:

  1. Las personas deben ser capaces de evacuar el edificio sin que se produzcan víctimas.
  2. Los bienes deben sufrir los mínimos daños.

Para ello hay que actuar sobre los riesgos controlables: aislamiento, morteros, acabados, vías de evacuación, control de ejecución en obra… y sobre los no controlables, como pueda ser el comportamiento de los usuarios.

Es por ello que en Tecnifuego proponemos una clasificación en cuatro familias de edificios –en los que no tengamos diferenciación entre edificio nuevo o rehabilitado– en los que la seguridad debe primar:

A. Edificios de uso público o residenciales altos de más de 18 metros, (en lugar de más de 28 metros). A partir de 18 metros, ya empieza a haber problemas de evacuación y extinción por parte de los bomberos (escaleras y medios de extinción).

B. Edificios en los que la evacuación es crítica, como colegios, residencias de ancianos, hospitales, etc. Es evidente que determinadas utilizaciones de edificios crearán dificultades añadidas en la evacuación por tener muchos usuarios y en muchos casos con movilidad reducida.

C. Edificios públicos o residenciales de altura media menor de 18 metros. En estos edificios son más fáciles las evacuaciones y la extinción de incendios. Se pueden rebajar algo las exigencias.

D. Viviendas unifamiliares. Deberá de cumplir la legislación local para evitar la propagación del fuego a edificios colindantes. Pero son edificios de baja altura y con baja ocupación.

Difícil accesibilidad

Además, hay que tener en cuenta casos particulares de difícil accesibilidad por parte de los bomberos como:

  • Patios de luces o interiores de manzana.
  • Cascos antiguos o barrios con difícil movilidad rodada.

Siempre que una fachada no sea accesible a los vehículos de bomberos, deberá tener requerimientos especiales.

Por último, otro caso particular, son las fachadas con vías de evacuación. Las vías de evacuación deberán tener un plus de seguridad, tanto para la propia evacuación, como para la intervención de los bomberos. No podemos disponer vías de evacuación con materiales que no sean incombustibles.

En el siguiente cuadro se resumen las propuestas de Tecnifuego:

Cuadro fachadas PCI

Estas propuestas pueden ser complementadas con soluciones constructivas realizadas con materiales que tengan otras reacciones al fuego más permisivas, en las que se realicen ensayos a gran escala o se complementen con el uso de elementos de protección activa. Pero siempre asegurando que se cumplen todas las condiciones de seguridad, como ocurre en otros países de la Unión Europea.