¿Qué hacer al instalar una cámara de videovigilancia en el garaje? La AEPD lo explica

Videovigilancia garaje
Redacción

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha elaborado fichas prácticas de videovigilancia en plazas de garaje para asegurar la correcta aplicación de la normativa de protección de datos en estos espacios. En concreto, la normativa se aplicará siempre que el garaje forme parte de un espacio compartido, por el que puedan transitar el resto de los propietarios o terceros que accedan al mismo.

Previamente a la puesta en funcionamiento del sistema de videovigilancia, la AEPD insta a realizar un registro de actividades referido a este tratamiento. Para ello, puede emplearse la herramienta Facilita_RGPD cuando no se trate de grandes infraestructuras. Además, la Guía sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades de la agencia ofrece un modelo de registro de actividades.

Uso de sistemas de videovigilancia

En lo relativo a la existencia de un sistema de videovigilancia en todos los casos el propietario deberá informar de la misma. En este sentido, se colocará un cartel visible en los accesos a las zonas vigiladas que indicará de forma clara la identidad del responsable de la instalación, a dónde dirigirse para ejercer los derechos que prevé la normativa de protección de datos, y dónde obtener información sobre el tratamiento de los datos personales. De hecho, la AEPD ofrece para ello un modelo del cartel en la Guía sobre el uso de videocámaras.

Por otro lado, las imágenes captadas por videovigilancia se limitarán a la plaza de aparcamiento de la que sea titular el responsable del sistema, y a una franja mínima de las zonas comunes que no sea posible evitar captar para la vigilancia de la plaza de garaje. Siempre que sea bajo previa autorización por parte de la Junta de Propietarios. Tampoco se grabarán imágenes de plazas ajenas.

Del mismo modo, la contratación de un servicio de videovigilancia externo o la instalación de las cámaras por un tercero no exime a su titular del cumplimiento de la normativa de protección de datos.

Para mayor información se puede consultar la Guía de la AEPD sobre protección de datos y administración de fincas.