Publicado el Convenio Colectivo de Seguridad Privada para el año 2022

Vigilante de seguridad privada.
Enrique González Herrero

*Actualización: Consulta el Convenio Colectivo de Seguridad Privada 2023-2026. Accede para descarga el documento.

 

El Convenio Colectivo de Seguridad Privada para el año 2022 puede consultarse ya tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El documento recoge un incremento del 2 por ciento en todos los conceptos salariales para el personal de seguridad privada y varias modificaciones parciales pactadas por la patronal y los sindicatos. El convenio incluye novedades relacionadas con la igualdad y no discriminación por sexo, la subrogación de servicios, las horas extraordinarias, la uniformidad de los vigilantes, la desconexión digital o la jubilación anticipada.

Patronal y sindicatos acordaron en octubre del año pasado que este nuevo convenio sirva de transición hasta superar la situación de incertidumbre generada por la pandemia. Ambas partes se han comprometido a mantener el diálogo social con el objetivo de acometer un futuro Convenio de Seguridad Privada de más duración que «dignifique el sector» y «contrarreste las malas prácticas».

Este convenio cuenta con el apoyo de los sindicatos FeSMC-UGT, Comisiones Obreras del Hábitat y FTSP-USO, así como las patronales Aproser y Asecops. Los sindicatos ELA (del País Vasco) y CIG (de Galicia) rechazaron el acuerdo por considerarlo insuficiente.

Principales novedades del nuevo convenio

Incremento salarial: en 2022 aumentan un 2 por ciento todos los conceptos salariales de los trabajadores de la seguridad privada en relación con el año pasado.

Principio de igualdad y no discriminación: el nuevo convenio establece las áreas de actuación que debe recoger el plan de igualdad de las empresas. El documento incluye además una disposición según la cual las compañías deben elaborar un protocolo que garantice unas condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual, el acoso por razón de sexo y, en general, el acoso laboral.

Subrogación: el nuevo Convenio Colectivo de Seguridad Privada mantiene las condiciones de subrogación relativas a los jubilados parciales y sus relevistas. Según el artículo 14, estos trabajadores quedan excluidos del mecanismo de subrogación y permanecerán siempre en la empresa cesante, siempre que esta cierre o desaparezca, pierda todos sus servicios en el lugar de trabajo o (y esta es la novedad) que jubilado parcial y relevista estén adscritos al servicio objeto de subrogación, «en cuyo caso se aplicarán las reglas establecidas en los artículos siguientes de dicha figura jurídica».

Uniformidad: el pacto laboral establece que los trabajadores que presten servicios que requieran uniformidades especiales recibirán «las idóneas para el desempeño de los mismos», en lugar de las prendas establecidas por defecto.

Horas extraordinarias: como novedad, el nuevo convenio concreta que las empresas tendrán que abonar a sus trabajadores las horas extraordinarias de manera mensual en la nómina correspondiente al mes siguiente al de su realización. «No cabe, en ningún caso, diferir el abono de las horas extraordinarias realizadas al momento en el que se hubieran realizado las horas de jornada ordinaria anual del trabajador», especifica el texto.

Desconexión digital: el nuevo convenio incluye un artículo 57 bis, que regula la desconexión digital de los trabajadores de la seguridad privada. Por ejemplo, reconoce el derecho de los empleados a no atender el teléfono de empresa (u otro dispositivo) fuera de su jornada de trabajo, vacaciones, días de asueto o bajas. Igualmente, la empresa debe comprometerse a no realizar, «salvo situaciones de urgencia», llamadas telefónicas, envío de correos electrónicos o mensajes de cualquier tipo fuera del horario de trabajo.

Consulta aquí el Convenio Colectivo de Seguridad Privada 2022