Jornada «Alto y claro»: Contratación de servicios de seguridad: la visión de los grandes usuarios

La Confederación Empresarial de Usuarios de Seguridad y Servicios (CEUSS) celebró, el 14 de septiembre, con la colaboración de la Fundación Borredá, la jornada online “Alto y claro”. En ella, diversos profesionales pusieron sobre la mesa algunas de las cuestiones que más preocupan a las empresas usuarias de seguridad y abrieron un debate al respecto.

Jornada Alto y Claro_servicios de seguridad privada
Por Juanjo S. Arenas y E. González

Los usuarios son una parte fundamental en el sector de la Seguridad. Sobre todo porque su responsabilidad a la hora de implantar los procedimientos, medidas y modelos de seguridad en sus correspondientes organizaciones es más que evidente. Tal es su trascendencia, que desde la Confederación Empresarial de Usuarios de Seguridad y Servicios (CEUSS), con la colaboración de la Fundación Borredá, celebró un evento online en el que analizó diversos elementos que influyen directamente en su actividad profesional. Entre ellos, la contratación de servicios, la formación de los vigilantes de seguridad o el borrador del Reglamento de Seguridad Privada.

Y es que, tal y como recordó durante la presentación del encuentro el presidente de CEUSS, Joaquín Collado, «los usuarios aplican la seguridad e incluso determinan qué, cuándo y cómo contratar».

Contratación de servicios de seguridad

El primer ponente en intervenir fue Francisco Muñoz Usano, asesor jurídico externo de CEUSS, para analizar desde un punto de vista legal este tema, que está a la orden del día de cualquier usuario de seguridad: la contratación de servicios de seguridad privada.

El también patrono de la Fundación Borredá realizó una serie de recomendaciones prácticas con el objetivo de asesorar sobre esta cuestión a los usuarios de seguridad. Y para ello se basó en el modelo oficial de contrato. «El modelo oficial solo obliga a incluir los datos necesarios, pero no impide la inclusión de las cláusulas que acuerden los contratantes. De hecho, es la parte contratante la que debe fijar las condiciones. Por tanto, hemos de acabar con la práctica arcaica por la cual el proveedor resolvía todo el papeleo. No confundamos la obligatoriedad de poner unos datos a añadir otras cosas. No debemos renunciar al protagonismo del usuario en el establecimiento de su contrato», explicó.

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En cuanto a las cláusulas de protección, las cuales salvaguardan los intereses de los usuarios, Muñoz Usano aconsejó su utilización: «Hemos de realizar los contratos pensando en que van a ir mal, por lo que las cláusulas de protección son muy recomendables».

A ello le unió la obligatoriedad de incluir, bajo su punto de vista, una cláusula que afirme que el precio estipulado en el contrato no sufrirá variación alguna como consecuencia de alteraciones como la modificación de convenios colectivos, la llegada de alguna nueva ley, la subida de la luz, etc. «Si el borrador del Reglamento de Seguridad Privada fuese alguno de los que vimos en cierto momento, el enorme número de requisitos, condiciones y normas técnicas en las que en muchas de ellas no participaban los usuarios, sino los proveedores, podría producir un encarecimiento y posiblemente una disminución de los servicios de seguridad privada. Por tanto, en el contrato tendremos que reflejar este hecho en el caso de que aparezca una nueva ley», aseguró Muñoz Usano en este sentido.

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Por último, el asesor jurídico externo de CEUSS recomendó incluir una cláusula que señale que «en ningún caso habrá ‘puertas traseras’, ‘códigos maestros’ o ‘claves genéricas’ que pudieran ser conocidos por el personal técnico de la empresa instaladora».

Muñoz Usano: «Hemos de realizar los contratos pensando en que van a ir mal, por lo que las cláusulas de protección son muy recomendables»

Formación del vigilante

Si bien el modelo de contratación es una de las principales preocupaciones de los usuarios en relación con los servicios de seguridad privada, no es ni mucho menos la única. Otro aspecto de relevancia para estos profesionales es la formación de los vigilantes, tal como puso de manifiesto Julio Alcocer, vocal de CEUSS y director de Seguridad de Grupo Dia.

Desde su punto de vista, aunque la Ley de Seguridad Privada vigente supuso un avance teórico en relación con este asunto, «en la práctica se queda corta». «El problema principal que tenemos los usuarios con los vigilantes es su baja capacitación en especialidades, como pueden ser los sistemas de CCVT o los controles de alarma», apuntó este profesional. Por ello demandó una formación inicial de los vigilantes «más intensa».

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Asimismo, indicó que, en la actualidad, son las propias empresas contratantes del servicio las que tienen que capacitar a los vigilantes porque carecen de ciertos conocimientos necesarios para prestar el servicio. «Al final, es el propio cliente, el demandante de seguridad, quien tiene que asumir la formación específica de los vigilantes. Es habitual que falten capacidades», lamentó. Por ello pidió soluciones ante las carencias y falta de motivación por parte de algunos vigilantes, pues afecta al servicio que contratan los usuarios.

Subrogación de servicios de seguridad

Otra cuestión de compleja solución es la subrogación de los servicios, que en ocasiones conlleva que el usuario tenga que asumir las deudas del proveedor saliente. Javier Pumares, secretario general de CEUSS y jefe del Área de Seguridad de Correos, explicó la delicada situación en la que se encuentran los usuarios tras la conocida como «Sentencia Somoza-Hermo«. Este fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea «cambió las reglas de la subrogación», sostuvo Pumares, pues desde entonces la empresa usuaria y la nueva cesionaria han de responder de las deudas contraídas por la compañía saliente con los empleados del servicio.

Pumares relató que, aunque los usuarios de seguridad privada lleven a cabo las diligencias debidas para comprobar que las empresas que contratan no tienen deudas, como solicitar a la Tesorería de la Seguridad Social acreditación de que están al corriente de pago, surgen desagradables sorpresas. «Sabemos que una organización puede llegar a un acuerdo con la Administración para aplazar sus deudas, y en esos casos el certificado que pedimos parece normal; pero la compañía adjudicadora tiene todo el derecho de saber cuál es la situación real de la empresa cuando la contrata», expresó el ponente. Es por ello que denunció: «los usuarios estamos siendo utilizados por la Administración para pagar una deuda que no hemos generado».

Joaquín Collado reclamó que se reactive la aprobación del nuevo Reglamento de Seguridad Privada y que se escuche a los usuarios

A esto añadió que, cuando se contrata una nueva empresa para el servicio de seguridad, dicha compañía exige que sea el usuario el que se haga cargo de las posibles reclamaciones de la autoridad competente o aumente el importe del servicio, por lo que «de una manera u otra, se traslada el coste al usuario, que nada ha tenido que ver con la situación creada», sentenció Pumares.

El reglamento

La última cuestión que abordaron los miembros de la junta directiva de CEUSS fue la demora en la aprobación de un nuevo Reglamento de Seguridad Privada. Joaquín Collado llamó la atención sobre la importancia de adaptar dicha norma a la Ley de Seguridad Privada vigente, pues los usuarios son quienes establecen medidas de protección en organizaciones que, en casos como las infraestructuras críticas, son estratégicas para el Estado. En ese sentido, reclamó que la Administración escuche a los usuarios y les proporcione la protección que legalmente les corresponde.

«El artículo 4 de la Ley de Seguridad Privada indica que, entre los fines de esta actividad, está satisfacer las necesidades legítimas de protección de los usuarios. Esto da muestra de la relevancia que tiene el usuario de seguridad privada; sin embargo, me da la sensación de que el usuario ha estado abandonado por la Administración. Queremos poner de manifiesto cuáles son nuestros intereses con la finalidad de que se satisfagan nuestras necesidades legítimas», desarrollo el presidente de la asociación.

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Otro de los aspectos que abordó este profesional fueron las exigencias normativas procedentes de las múltiples directivas y leyes que afectan a los usuarios de seguridad privada, especialmente las relacionadas con los operadores de servicios esenciales e infraestructuras críticas. Un punto en común al respecto es la necesidad de realizar auditorías por parte de compañías externas, sobre el que existen muchas dudas.

Por todo ello, Collado reclamó que se reactive la aprobación del nuevo Reglamento de Seguridad Privada y que se escuche a los usuarios. «Hace años hicimos unas aportaciones al borrador que se redactó, pero no sé en qué han quedado, si las han integrado o rechazado. Hay una gran incertidumbre sobre la aprobación del reglamento», sentenció.